El Constitucional tumba la Ley de Illa que obligaba a las energéticas a no cortar el suministro por impagos
El órgano judicial considera que el Gobierno catalán "contraviene" las normas estatales
La Justicia ha declarado inconstitucional la Ley del Parlamento de Cataluña de medidas urgentes de emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. En la sentencia a la que ha tenido acceso OKDIARIO, el Tribunal Constitucional (TC) considera que el Gobierno de Illa «contraviene» las normas estatales que dictan «las condiciones de acceso y suspensión de energía» al impedir que las energéticas puedan cortar el suministro eléctrico por impago, pese a no contar con un informe que acredite la situación de vulnerabilidad.
La sentencia constata que el Estado, al amparo de sus competencias en materia de regulación del sector energético y de planificación general de la actividad económica, ha dictado una serie de normas con el objetivo de proteger a los denominados consumidores vulnerables, regulando también la posibilidad de suspender el suministro de energía.
De hecho, la sentencia la que ha tenido acceso este periódico, recuerda que el Tribunal ya se ha pronunciado sobre esta cuestión. De la doctrina de esas sentencias deriva que el Estado se encuentra habilitado para establecer, como así ha hecho, un régimen homogéneo que asegure un tratamiento común tanto en cuanto a las consecuencias derivadas del impago del suministro eléctrico y de gas en todo el territorio nacional, como a la manera de proteger a los denominados consumidores vulnerables.
«La razón de la inconstitucionalidad es, por tanto, la contravención de ese régimen homogéneo estatal, por cuanto la regulación estatal vigente en el momento de plantearse la cuestión contemplaba otros mecanismos de protección del consumidor vulnerable, como el denominado bono social, pero sin que hubiera excepciones o limitaciones al posible corte del suministro por impago del servicio», recoge el escrito.
La sentencia concluye que la regulación de Salvador Illa contradice la regulación estatal que establece las condiciones en las que puede obligar a las energéticas a suspender el suministro energético de luz y gas por impago, en garantía del derecho de acceso de los consumidores vulnerables, infringiendo el régimen constitucional de distribución de competencias.
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