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Economía
Declaración de la Renta

Confirmado: los que cobren el SMI tienen que hacer la Declaración de la Renta 2025

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El Consejo de Ministros ha aprobado una subida del 3,1% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2026, lo que eleva la cuantía hasta los 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que equivale a 17.094 euros brutos anuales. El incremento, además, tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026. Asimismo, la subida del SMI viene acompañada de una serie de cambios en el IRPF que afectarán directamente a millones de trabajadores.

El Ejecutivo ha aprobado una deducción de hasta 591 euros anuales para evitar que quienes cobran el salario mínimo tengan que pagar el impuesto, pero en determinados casos estarán obligados a presentar la declaración de la Renta. La clave está en el número de pagadores y en los umbrales de ingresos fijados por la normativa de la Agencia Tributaria. Según la legislación vigente, los trabajadores con dos o más pagadores que superen los 15.876 euros brutos anuales deberán presentar la declaración de la Renta, incluso aunque cobren el SMI.

Obligación de declarar: el papel de los dos pagadores

La normativa del IRPF establece que no están obligados a declarar quienes tengan ingresos inferiores a 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador.

Dado que el SMI se sitúa muy por debajo de ese límite, la mayoría de asalariados con un único empleador no tendrán obligación de presentar la Renta. El problema surge cuando existen dos o más pagadores. En ese caso, el umbral baja hasta los 15.876 euros anuales, siempre que la suma percibida del segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros al año.

«Los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos íntegros del trabajo (incluidas pensiones y haberes pasivos, también los procedentes del extranjero, así como pensiones compensatorias y anualidades por alimentos no exentas) no estarán obligados a presentar la declaración del IRPF siempre que no superen determinados límites, ya sea en tributación individual o conjunta. Con carácter general, el límite se fija en 22.000 euros anuales.

No obstante, este umbral se reduce a 15.876 euros anuales cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador. Sin embargo, incluso en estos casos, el límite volverá a situarse en 22.000 euros anuales cuando, existiendo varios pagadores, la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supere en conjunto los 1.500 euros anuales», establece la Agencia Tributaria.

Por ejemplo, si un trabajador ha cobrado 1.184 euros brutos mensuales en dos trabajos distintos a lo largo de 2025 o 2026 y la suma total supera los 15.876 euros, deberá presentar la declaración de la Renta. En cambio, si en la segunda empresa sólo trabajó un mes y cobró menos de 1.500 euros en total, no estará obligado.

El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) calcula que alrededor de 2.976.220 asalariados con ingresos entre 15.876 y 20.000 euros brutos anuales podrían verse afectados por la nueva deducción.

Ahora bien, tal y como comenta Paloma Fernández-España, directora de Unidad Asesoría Fiscal de Bankinter, «que estamos obligados a declarar si cumplimos ciertos requisitos, no impide que quien no los cumpla, si quiere, pueda presentar la declaración». Aquellos trabajadores que, aun no teniendo la obligación de presentarla, pueden consultar su borrador de la Renta para ver si les saldría a pagar o a devolver.

Recuerda que, aunque no estés obligado a presentarla, puedes consultar el borrador de la Renta para ver si te saldría a pagar o a devolver.

Nuevos tramos del IRPF en 2026

Por otro lado, el Ejecutivo también ha actualizado los tramos del IRPF:

El IRPF se calcula de forma progresiva por tramos, de forma que cada parte de los ingresos tributa al tipo correspondiente dentro de cada escala. Por ejemplo, con un sueldo bruto anual de 24.560 euros, los primeros 12.450 euros tributan al 19%, el tramo entre 12.451 y 20.200 euros al 24%, y la cantidad que supera los 20.200 euros (en este caso, 4.360 euros) al 30%. Sumando cada tramo, el impuesto total aproximado sería de 5.533,50 euros antes de aplicar reducciones o deducciones.

Campaña de Renta y Patrimonio 2025

La campaña para confeccionar la declaración de la Renta y Patrimonio 2025 comenzará el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026 para su presentación por Internet. Además, entre el 6 de mayo y el 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración de la Renta por teléfono, con cita previa que podrá solicitarse desde el 29 de abril hasta el 29 de junio.

Asimismo, desde el 1 de junio y hasta el 30 de junio de 2026, los contribuyentes podrán acudir presencialmente a sus oficinas para realizar la declaración, solicitando cita entre el 29 de mayo y el 29 de junio. Para recibir atención, tanto telefónica como presencial, será imprescindible concertar cita previa a través de la Sede electrónica o llamando a los teléfonos habilitados.

Más allá de los plazos de presentación, hay otra fechas importantes. Por un lado, el 25 de junio de 2026 es la fecha límite para domiciliar el pago de la declaración de la Renta. Y, por otro lado, a quienes les salga la declaración a pagar y elijan la opción de pagar en dos plazos, tendrán que pagar el primero (el 60% del total) en el momento de presentar la declaración, y el segundo plazo se cobrará el 5 de noviembre.