Condenan a Médicos Sin Fronteras por discriminar a dos trabajadores extranjeros
El Juzgado de lo Social Número 3 de Santiago de Compostela ha fallado a favor de los dos extranjeros que demandaron a Médicos Sin Frontera (MSF) por discriminación por motivo de nacionalidad. Se trata de dos jóvenes estudiantes cubanos a los que la ONG no convirtió sus contratos por obra en indefinidos cuando sí lo hizo con el resto de personas que, como ellos, trabajaban como captadores de fondos. Aunque la sentencia no contempla por parte de MSF “una conducta directa de discriminación”, sí considera que esta se produce de forma “indirecta”.
En la sentencia, dictada el 7 de junio y al que ha tenido acceso OKDIARIO, se falla que “ha sido vulnerados su derecho fundamental (artículo 14 Constitución, debiendo cesar la conducta de la demandada MSF de negar a los actores, en tanto que extranjeros con autorización de estancia de estudios, la conversión del contrato en indefinido”.
En el punto cuatro de los fundamentos de derecho, la juez argumenta que: “no concurren razones objetivas para tratar de modo distinto la situación de los trabajadores extranjeros con permiso de estancia de estudios temporal y que en tal caso puede derivar indirectamente y aunque esta no sea la voluntad del empleador en un trato desigual vetado” por la Constitución y la Ley Orgánica de derechos y libertades de los extranjeros en España-
Hasta diciembre de 2014, todos los captadores de fondos (que tratan de conseguir socios para la ONG a pie de calle) de MSF en Santiago de Compostela trabajaban con un contrato de obra y servicios. Ese mes, la organización decidió modificar su situación laboral, que pasó a ser de contratados indefinidos. Sin embargo, los dos demandantes un trato diferente al del resto de sus compañeros, y se les mantuvo en el régimen anterior.
El sindicato CNT asumió la defensa de los intereses de los dos estudiantes. Tras tratar de negociar una salida a la situación, los jóvenes llevaron a la ONG ante los tribunales a través de los servicios jurídicos de la organización sindical.
CNT consultó a la delegación en Galicia de la Secretaría General de Inmigración y Extranjería si existía algún impedimento legal por el que los dos jóvenes no pudieran ser contratados como indefinidos. La respuesta, según las fuentes de la Confederación Nacional del Trabajo y se recoge también en la sentencia, fue que no existía problema alguno. Con esta información, el sindicato se dirigió a Médicos Sin Fronteras para que actuara en consecuencia.
Los primeros contactos entre el sindicato y MSF por esta cuestión fueron en noviembre del año pasado, según explicó a este periódico el secretario de Acción Sindical de CNT en Galicia, Pablo Paz. La respuesta que recibieron por parte de la oficina de Recursos Humanos de la ONG, en Barcelona, fue que Médicos Sin Fronteras no quería que los dos jóvenes utilizaran el contrato para obtener el permiso de residencia, según el relato del sindicalista. La ley contempla que quien tiene permiso de estudiante puede trabajar por cuenta ajena de forma temporal bajo ciertas condiciones, que es lo que ocurría en el caso de los dos jóvenes.
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