¿Cómo reclamar la devolución de las cláusulas suelo?
Las últimas sentencias referentes a las cláusulas suelo de las hipotecas y a los gastos de constitución de un préstamo hipotecario afectan a miles de personas que tienen o han contratado este producto en los últimos años. Estamos hablando de un tema de gran incidencia en los bolsillos de particulares y en las cuentas de los bancos.
A continuación, detallaremos quién puede reclamar estos importes y el procedimiento que se estima que habrá para hacerlo.
¿Cómo reclamar los sobrecostes de las cláusulas suelo?
Los puntos a tener en cuenta para realizar la reclamación son los siguientes:
- Cobro desde el momento que el interés de la hipoteca se encuentra por debajo de la cláusula suelo: la sentencia del Tribunal Supremo obligaba a las entidades financieras a devolver los intereses cobrados de más desde mayo del 2013. Ahora bien, el Tribunal Europeo ha ordenado que tal devolución debe de producirse contando desde la constitución de la hipoteca. Por lo tanto, existe el derecho a reclamar la totalidad de los intereses pagados de más.
- Hay que justificar desconocimiento: los abogados aseguran que la mayoría de casos que se presenten por reclamar el retorno de los intereses pagados de más por las cláusulas suelo se ganarán. Ahora bien, la sentencia europea no declara ilegal tal cláusula. Sencillamente, marcaba que el banco no había informado correctamente al cliente y que, por este motivo, debía de devolver el importe correspondiente. Hay algunos bancos que han asegurado que informaban con total transparencia de tales cláusulas. Unas declaraciones de Josep Oliu iban en esta línea. Veremos, finalmente, qué posición opta su banco al respecto.
- Decreto Ley de acuerdos extrajudiciales: en caso que todos los afectados fueran a los juzgados para reclamar la devolución del dinero, se provocaría un gran colapso en unos juzgados que ya tienen que lidiar con un alto volumen de trabajo. Para evitarlo, el gobierno intenta llegar a un acuerdo con el resto de partidos para formalizar un decreto que establezca cómo desarrollar el pago de estos importes. Aunque actualmente se encuentra en fase de borrador, en líneas generales, se espera dar un plazo de tres meses para que cliente y entidad lleguen a un acuerdo. Durante este tiempo, el afectado no podrá acudir a los tribunales. A cambio, el banco tendrá como máximo dos meses para contestar al cliente sobre su reclamación. Según la respuesta, quedará patente la voluntad de la entidad de querer llegar a un acuerdo o no.
- Forma de devolución del dinero: tener que abonar en efectivo, de golpe, todo el importe a devolver puede suponer una lesión importante en las cuentas de cualquier entidad. Para ello, se está hablando de otras formas de devolver el dinero, más fragmentada. Algunas de ellas son:
- Paso de la hipoteca a tipo fijo
- Reducción del tipo de interés del préstamo
- Reducción del plazo del préstamo
- Recuperación de los gastos hipotecarios: en este caso, todos los clientes tienen un plazo de hasta cuatro años para que les sean devueltos los gastos correspondientes a gestoría, registro, notaría o Actos Jurídicos Documentados. Éste último es el más importante ya que, según la comunidad, está fijado entre un 0,5% y 1,5% del total del préstamo solicitado. El hecho que muchas entidades ya hayan empezado a asumir en las nuevas hipotecas estos costes se puede entender como una aceptación conforme tendrían que haber hecho frente a estos gastos.
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