La CNMV autoriza la OPA sobre el 22,69% de Naturgy formulada por IFM tras el visto bueno del Gobierno
El consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado, en su reunión de este miércoles, la oferta pública voluntaria parcial de adquisición de acciones (OPA) sobre el 22,69% de Naturgy formulada por el fondo australiano IFM. La aprobación de la CNMV se produce una vez que el Gobierno autorizó el pasado 3 de agosto con condiciones la operación desde el punto de vista de la inversión exterior.
IFM ha aceptado todas las condiciones requeridas por el Consejo de Ministros, tal y como consta en el folleto. La oferta se dirige a un máximo de 220.000.000 de acciones, representativas del 22,69% del capital de Naturgy. Si la aceptación supera el máximo, se aplicarán las reglas de prorrateo del art.38.1 del Real Decreto de opas.
El precio ofrecido es de 22,07 euros por acción. El precio de 23 euros ofrecido inicialmente fue ajustado como consecuencia de los dividendos pagados por Naturgy el 17 de marzo y el 4 de agosto de 2021 por importe bruto, respectivamente, de 0,63 euros y 0,30 euros por acción. La oferta se formula tras los acuerdos del oferente con los accionistas de Naturgy CVC y GIP -titulares del 20,72% y del 20,64% del capital- de no aceptar la oferta.
La oferta es de tipo voluntario y parcial y su precio está sujeto al cumplimiento de los requisitos del artículo 137.2 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (LMV). A tal efecto, el precio es en efectivo y el oferente ha aportado un informe de valoración realizado por Duff & Phleps (D&P) en calidad de experto independiente que justifica el precio y la respectiva relevancia de los diferentes métodos de valoración aplicados. La efectividad de la oferta está condicionada a la aceptación de un mínimo de 164.834.347 acciones, representativas del 17% del capital.
En garantía de la operación se han presentado 17 avales por un total de 4.921,4 millones de euros, otorgados por 15 entidades financieras. El plazo de aceptación será de 30 días naturales a partir del día hábil bursátil siguiente a la publicación del primer anuncio con los datos esenciales de la oferta, finalizando también en día hábil bursátil. Dado el carácter parcial de la oferta, no procede la aplicación del derecho de compraventa forzosa, según explica el supervisor.
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