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Los cambios en las multas de Hacienda que no te esperabas

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Hacienda ha anunciado un cambio en su enfoque hacia los errores cometidos en la declaración de la Renta, reconociendo la frecuencia de los errores humanos y anunciando una modificación en su política de multas.

La Agencia Tributaria, que históricamente ha sido estricta en este aspecto, suele interpretar los errores como intentos de engañar al organismo tributario. Sin embargo, su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2024 revela un cambio de rumbo en esta política.

Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha anulado una multa impuesta por la Agencia Tributaria a un contribuyente por errores en sus declaraciones de los años 2014, 2015 y 2016. A pesar de que la Agencia consideraba que la conducta del ciudadano reflejaba cierta negligencia merecedora de sanción, el tribunal ha puesto en duda la voluntariedad de dichos errores. Además, el TSJG ha destacado la importancia de considerar el «derecho al error» en estos casos.

Esta disposición establece la posibilidad de cometer errores sin ser sancionado, siempre y cuando no haya mala intención y se actúe por desconocimiento. Por otro lado, Hacienda adopta una interpretación más estricta del artículo 6.1 del Código Civil, que establece que la ignorancia de las leyes no excusa su cumplimiento.

El derecho al error no es nuevo, y desde 2022 se ha propuesto su adopción a través de la Propuesta 3/2022 del Consejo para la Defensa del Contribuyente (CDC). Este derecho se materializaría en un mecanismo para regularizar errores sin ser sancionado por Hacienda, o con una sanción mínima.

Además, la sentencia del TSJG destaca que Hacienda no puede imponer una sanción basándose en circunstancias subjetivas si la interpretación que ha mantenido puede considerarse razonable, aunque sea errónea.

Por otro lado, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024 de Hacienda tiene como objetivo revisar los criterios operativos del régimen sancionador tributario. Se busca valorar la conducta previa del contribuyente y considerar los errores o incumplimientos involuntarios, especialmente cuando no hay perjuicio económico. Asimismo, se tomará en cuenta si el contribuyente es cumplidor habitual y si el incumplimiento ha sido ocasional.

Sanciones

Es esencial revisar el borrador de la declaración de la Renta antes de confirmarlo, ya que la Agencia Tributaria puede imponer multas por errores u omisiones.

Por ejemplo, Hacienda puede enviar una multa por la declaración de la Renta mal hecha. Dichas sanciones varían en función del motivo subyacente. Por otro lado, las sanciones por no incluir todos los ingresos en la declaración de la renta pueden resultar costosas, según establece el artículo 191 de la Ley General Tributaria.

En el caso de las infracciones leves, la multa es del 50% de la cantidad omitida. En situaciones graves, la sanción puede oscilar entre el 50% y el 100%. Además, si la infracción se considera muy grave, la multa puede llegar hasta el 150%. Es crucial evitar estas situaciones para evitar consecuencias económicas significativas.

Aunque la aplicación de deducciones puede resultar beneficiosa, hay que tener cuidado para evitar sanciones desfavorables. Por ejemplo, omitir datos significativos o proporcionar información falsa puede acarrear una multa de 300 euros. Utilizar documentos falsos con la intención de obtener beneficios superiores a 3.000 euros en la declaración podría resultar en una sanción del 50% al 100% del importe. Además, en situaciones de fraude, la multa podría alcanzar hasta el 150%.

La omisión o incorrecta indicación del Número de Identificación Fiscal (NIF) en la declaración de la Renta es un error que merece especial atención. Las sanciones pueden variar desde una multa pecuniaria fija de 150 euros hasta una multa pecuniaria fija de 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Declaración de la Renta 2023

La Agencia Tributaria ha anunciado el calendario para la presentación de la declaración de la Renta 2023. Comenzará el miércoles 3 de abril, cuando se abrirá la posibilidad de presentar declaraciones a través de Internet, justo después de la Semana Santa.

Este año, los contribuyentes que reciban rentas inferiores a 15.875 euros y cuyos rendimientos del trabajo provengan de más de un pagador estarán exentos de presentar la declaración de la renta, en comparación con el mínimo exento actual de 15.000 euros al año.

Este nuevo límite se corresponde con la suma de las 14 pagas de 1.134 euros, establecidas como el nuevo SMI, mientras que el límite general de 22.000 euros anuales se mantiene. Asimismo, este límite se aplica a situaciones específicas, como tener dos pagadores, donde la suma de las cantidades percibidas del segundo y otros pagadores no supere los 1.500 euros anuales.

Además de estas condiciones, existen diversas deducciones que pueden ayudar a los contribuyentes a ahorrar hasta 4.277 euros en la declaración de la Renta 2023.

Por ejemplo, la adquisición de un vehículo eléctrico nuevo que comprenda al menos el 25% de su valor de compra permite una deducción del 15%, así como la instalación de un punto de carga para estos vehículos. Además, las madres con hijos menores de tres años pueden deducirse 1.200 euros por cada uno, independientemente de su situación laboral.