La Audiencia Nacional lo avala: los trabajadores tendrán derecho a un día extra de descanso si la libranza coincide con festivo
Cualquier festivo que caiga en sábado da derecho a disfrutar de un día adicional también de descanso
La Audiencia Nacional ha fijado que cualquier festivo que coincida con el descanso semanal en sábado tiene que ser compensado. Estos días dan derecho a disfrutar de un día adicional también de descanso. Se trata de una sentencia que responde al conflicto colectivo planteado contra el convenio del sector de los centros de atención al cliente.
De esta forma se da la razón a los sindicatos USO, CGT, UGT y CCOO en las diferentes demandas interpuestas contra la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), a las que se adhirieron los sindicatos CIG, CSIF y STC. La sentencia declara no ajustada a derecho la práctica generalizada de las empresas del sector de «contact center» de no compensar los días festivos laborales «cuando la prestación de servicios efectiva se produce de lunes a viernes o de lunes a sábado y el festivo coincide con sábado, estando ahí fijado su descanso semanal».
La Audiencia Nacional declara el derecho de los trabajadores a que los días festivos laborales «no sean absorbidos ni neutralizados por el descanso semanal, reconociéndose la obligación empresarial de conceder un día adicional de descanso efectivo cuando se produzca la coincidencia o solapamiento entre ambos».
Los sindicatos celebran la sentencia
USO ha reaccionado a la resolución. En un comunicado ha señalado que entiende extensible a todos los sectores, «consolida de forma generalizada la doctrina judicial que impide que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo». «Los 14 festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independiente de su jornada habitual», ha afirmado la secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO, Sara García.
«Ahora sí, tras la confusión de sentencias anteriores, será un derecho extendido a todas las personas trabajadoras, sin solapamientos ni recortes», ha añadido.
La Audiencia Nacional se apoya en la jurisprudencia previa del Tribunal Supremo. Estableció en sentencia del 30 de abril de 2025 los criterios sobre el solapamiento del descanso semanal con un festivo, pero sin especificar nada respecto a los sábados.
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