Adiós a las transferencias entre familiares: Hacienda te va a dar un buen palo si superas esta cantidad
Las transferencias de dinero entre familiares son una práctica habitual en España. Ya sea para ayudar a un hijo con los estudios o facilitar la compra de una vivienda, estas operaciones pueden parecer simples, pero cuando las cantidades son significativas o se realizan de manera recurrente, es necesario conocer las obligaciones fiscales para evitar problemas con Hacienda.
Según la normativa vigente en España, las transferencias que implican una donación deben declararse a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) con el objetivo de garantizar la transparencia financiera y prevenir actividades ilegales, como el blanqueo de capitales y el fraude fiscal. La Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, obliga a las entidades bancarias a monitorear las transacciones y detectar operaciones sospechosas.
Cuánto dinero puedo dar a un familiar sin pagar impuestos
Hacienda establece que las operaciones que superan los 6.000 euros pueden ser objeto de revisión, mientras que aquellas que exceden los 10.000 euros deben declararse obligatoriamente. No cumplir con esta normativa puede acarrear sanciones que van desde 600 euros hasta el 50% del valor de la donación no declarada.En el contexto de las relaciones familiares, es importante distinguir entre donación, préstamo familiar y pagos periódicos, ya que cada tipo de transferencia tiene implicaciones fiscales distintas.
Ayuda puntual o préstamo familiar
Este tipo de transferencia se realiza con la expectativa de que el dinero será devuelto en un plazo determinado, incluso sin intereses. Es fundamental formalizarlo mediante un contrato privado y registrar la operación en Hacienda mediante el modelo 600, indicando que se trata de un préstamo sin intereses. Esto evita que la Administración considere la operación como una donación encubierta.
Donación
Cuando se transfiere dinero sin esperar la devolución del mismo, se trata de una donación. En este caso, el receptor está obligado a declarar la operación y pagar el ISD. El impuesto varía según la comunidad autónoma y la relación de parentesco. Por ejemplo, en Madrid, los hijos que reciben donaciones de sus padres pueden disfrutar de una bonificación de hasta el 99%, mientras que en Cataluña las cargas fiscales pueden ser más elevadas.
Pagos periódicos
Algunos familiares realizan transferencias recurrentes, las cuales pueden ser interpretadas como donaciones si no se justifican adecuadamente, especialmente si se repiten a lo largo del tiempo y superan los límites establecidos por Hacienda.
Obligaciones de los bancos y límites de Hacienda
Las entidades bancarias tienen la obligación de vigilar todas las transacciones financieras, sobre todo aquellas que superan los 6.000 euros, en virtud de la Ley 10/2010.
«Los sujetos obligados aplicarán, además de las medidas normales de diligencia debida, medidas reforzadas de diligencia debida en aquellas situaciones que por su propia naturaleza puedan presentar un riesgo más elevado de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo». (Art. 11.1).
Además, deberán presentar declaración previa las personas físicas que, actuando por cuenta propia o de tercero, realicen movimientos de medios de pago consistentes en la salida o entrada en territorio nacional por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, o movimientos dentro del territorio nacional por importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
Los bancos utilizan sistemas automáticos para detectar patrones inusuales en las operaciones. Las transacciones sospechosas se reportan a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y, si se considera necesario, a la Agencia Tributaria para su revisión.
Cómo documentar y justificar transferencias familiares
El abogado y divulgador @lawtips insiste en que la transparencia es clave para evitar sanciones. «Hacienda cada vez está más pendiente de las transferencias entre familiares, los bizums o la forma que sea», y «si eres empresario o autónomo, cualquier transacción ya la sabe Hacienda». En cuanto a las donaciones, «el donante, tu padre, tu abuela, tributará en el IRPF si la donación genera plusvalías, y el receptor, tú, que lo recibes, debe liquidar el impuesto sobre sucesiones y donaciones».
Para evitar problemas, es imprescindible guardar toda la documentación justificativa: «contrato, justificantes bancarios, facturas vinculadas al destino del dinero. Solo así vas a poder justificar el origen y la naturaleza de los fondos si Hacienda solicita aclaraciones». Además, las sanciones pueden ser graves: «Ten en cuenta que las sanciones por no justificar correctamente estos traspasos oscilan entre el 50% y el 150% de la cuota que debiste haber tributado, y en algunos casos incluso es delito», por lo que solo así se puede «dormir tranquilo».
Donaciones
- Declaración del impuesto: la persona que recibe la donación debe declarar y pagar el ISD.
- Justificación de la transferencia: Detallar el concepto como «donación» en los registros bancarios.
- Notario: Opcional, recomendable para cuantías elevadas.
Préstamos familiares
- Contrato privado: especificar importe, plazo y condiciones de devolución.
- Modelo 600: presentar ante Hacienda para informar que se trata de un préstamo sin intereses.
- Concepto en la transferencia: registrar claramente que es un préstamo, evitando que Hacienda lo interprete como donación.
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