Más de 200 inversores van a demandar a Ernst & Young por su responsabilidad en el fraude de Gowex
En julio de 2014 se destapó el ‘caso Gowex’. La empresa de wifi, dirigida por Jenaro García, acabó en concurso de acreedores tras quedar demostrado que la compañía no era lo que parecía ser. Hoy, casi tres años después, unos 200 inversores demandarán a EY (Ernst & Young) por ser el “asesor registrado” de la firma ante el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), cuando Gowex cotizaba.
Javier Flores, de Asinver, ha explicado a OKDIARIO que los demandantes solicitan una condena a Ernst & Young Servicios Corporativos, por la cual tenga que indemnizar en concepto de daños y perjuicios con la cantidad correspondiente a lo que pagó el inversor por el paquete de acciones, más los gastos, las comisiones y los intereses.
Este periódico ha tenido acceso a las demandas, que solicitan, exactamente, “declarar la responsabilidad civil extracontractual de Ernst & Young Servicios Corporativos S.L.” y “condenar a Ernst & Young Servicios Corporativos S.L., a indemnizar en concepto de daños y perjuicios a XXXXX en cuantía de XXXXXX euros, correspondiente al valor de la inversión que realizó en su día en XXXX acciones de Gowex, y de la que sigue siendo titular, sus gastos de corretaje y comisiones, más los intereses legales que se han devengado la citada cantidad desde su adquisición y/o suscripción e incrementados en dos puntos desde que se dicte sentencia condenatoria”.
Flores explica que «esta gente (Dirección de Gowex) ha cometido un grave delito de falsedad de cuentas, lo que pasa es que no cuentan con liquidez ni patrimonio para cubrir el agujero que han provocado a cientos de familias. Por ello queremos demostrar que el asesor registrado tiene responsabilidad, aunque ellos alegan que tenían un papel ‘formulario’».
OKDIARIO ya advirtió de la posibilidad
La instrucción del procedimiento penal que lleva la Audiencia Nacional sobre el caso Gowex acabará en pocos meses, según ha podido saber OKDIARIO. Sin embargo, para que haya una sentencia firme, todavía quedan, mínimo, más de dos años. Y es que el juez Santiago Pedraz obligó a una única representación procesal y letrada, lo que alargará todavía más los plazos. En el procedimiento civil, además, ya se ha recibido la contestación de Ernst&Young y se ha fijado fecha de audiencia previa, prevista para el día 1 de marzo de 2017.
¿Han cobrado algo los afectados por Gowex?
Hasta el momento no han recuperado nada, siguen teniendo las acciones de Let’s Gowex (suspendidas de cotización, es decir, sin valor) en sus cuentas de valores y nadie les ha ofrecido compensación alguna. Ni se espera.
¿Se espera que cobren algo?
Los abogados consultados esperan que sí, aunque no se atreven a asegurarlo. Para ello, varios bufetes de abogados trabajan en en dos vías de resolución del conflicto:
1. Vía civil contra el asesor registrado Ernst&Young, ejercitando una acción de responsabilidad civil por su deber de vigilar a Let’s Gowex y su responsabilidad en que la información que ésta daba fuera real. Se entiende que no debieron permitirle acceder al Mercado Alternativo Bursatil (Mab). La que se ha llevado a cabo.
2. Y la vía penal contra Let’s Gowex, su administrador, y sus auditores.
¿Cuántos afectados aproximadamente hay?
Se estiman en cerca de 5.000, aunque el número de afectados es muy complicado de calcular dado que Let’s Gowex cotizaba en España (Mab), en el mercado de París y en Estados Unidos. No obstante, por ejemplo, desde el despacho Arriaga Asociados defienden a cerca de 200 afectados, de los que 185 van por la vía civil, y aproximadamente 15 lo han hecho por la vía penal.
¿Qué opciones existen para cobrar?
La Asociación Europea de Inversores Profesionales (Asinver) pidió en una carta remitida a la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda en verano de 2014, que se dedujeran fiscalmente las pérdidas sufridas por los cerca de 5.000 accionistas de Gowex ante las circunstancias de su caso y ante la improbabilidad de que la empresa pudiera volver a cotizar.
Sin embargo, el Ministerio de Hacienda ha confirmado que no podrán deducirse estas pérdidas dado que la empresa no ha sido liquidada definitivamente. De esta forma, el Ministerio descarta que existan circunstancias excepcionales con las que valorar las participaciones más allá del balance empresarial, tal y como dicta la Ley.
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