Te explicamos la diferencia entre pareja de hecho y matrimonio
Conoce las tradiciones de boda más curiosas en el mundo
Cuál es la diferencia entre divorcio y separación
Resulta de especial interés conocer cuál es la diferencia entre pareja de hecho y matrimonio desde el punto de vista legal. En España, no existe legislación estatal que regule las parejas de hecho.
Régimen económico matrimonial
En el matrimonio, los cónyuges deben determinar el régimen económico matrimonial: separación de bienes, gananciales o partición. En la mayoría de comunidades autónomas, se aplica el régimen de gananciales, a falta de paco en contrario.
En la pareja de hecho no existe ningún régimen económico matrimonial, aunque la pareja puede adoptar los acuerdos que considere convenientes.
Herencia
Del mismo modo que ocurre con el régimen económico matrimonial, no existe una normativa estatal para la herencia en parejas de hecho. El Código Civil únicamente regula los derechos sucesorios entre cónyuges.
Algunas comunidades autónomas equiparan el matrimonio y la pareja de hecho en derecho sucesorio, como Baleares y País Vasco. Otras, en cambio, reconocen algunos derechos al miembro sobreviviente de la pareja de hecho, como Aragón o Andalucía.
IRPF
El Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se puede presentar de manera individual o conjunta. Los cónyuges y los hijos menores de edad, así como los mayores de edad con discapacidad acreditada, forman la unidad familiar, de manera que pueden presentar la declaración conjunta.
Los miembros de la pareja de hecho no forman una unidad familiar, de forma que no pueden presentar la declaración conjunta. Ahora bien, existe la posibilidad de que uno de los miembros de la pareja, los hijos menores de edad y los mayores de edad con discapacidad, formen unidad familiar y presenten la declaración conjunta.
Pensión de viudedad
En el caso de matrimonio, el cónyuge superviviente tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad, siempre y cuando el fallecido esté dado de alta en la Seguridad Social o situación asimilada en la fecha de fallecimiento. Si el fallecido no está dado de alta, debe haber cotizado 15 años.
Hasta el 31 de diciembre de 2021, el miembro superviviente de la pareja de hecho debía demostrar que sus ingresos eran inferiores a los de su compañero/a para cobrar la pensión de viudedad. Desde el 1 de enero de 2022, las condiciones son iguales que las del matrimonio: «Cumplidos los requisitos de alta y cotización establecidos en el artículo 219 (Ley General de Seguridad Social), tendrá asimismo derecho a la pensión de viudedad quien se encontrase unido al causante en el momento de su fallecimiento, formando una pareja de hecho».
Temas:
- Matrimonio
Lo último en Curiosidades
-
Ni césped ni sillas grandes: el truco secreto de los interioristas para decorar un balcón enano
-
No hagas clic si recibes este SMS de Netflix: la estafa ha comenzado
-
Elimina este alimento de tu cocina inmediatamente: te está destrozando el páncreas
-
Adiós al problema de presión con el agua: el truco para que los grifos funcionen como el primer día
-
Los 10 mejores carnavales del mundo: éste es el puesto que ocupa España
Últimas noticias
-
Muere una anciana de 92 años en un incendio en Vilaseca (Tarragona)
-
El Atlético y Martínez Munuera: una historia de terror
-
Una soltera de ‘First Dates’ sorprende a su cita: «Me siento cómoda en el papel de dominatrix»
-
Ni césped ni sillas grandes: el truco secreto de los interioristas para decorar un balcón enano
-
Carlos Alcaraz – Cilic: horario y dónde ver por TV en directo y online el partido del ATP de Doha