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Ordenaron tirar su casa y lo que hace deja a todos sin palabras: le mandó esto a la ministra

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En Guardamar del Segura (Alicante), un centenar de viviendas situadas en la Playa de Babilonia se encuentra en suelo de dominio público marítimo-terrestre. Esto significa que sus propietarios disfrutan de una concesión administrativa otorgada por el Estado en 1934, un privilegio que protegía tanto sus viviendas como la pinada de Guardamar y las dunas circundantes. Sin embargo, según la Ley de Costas de 1988, dichas concesiones no pueden superar los 30 años, lo que provocó que la autorización expirara en 2018. A raíz de esto, los propietarios se encuentran hoy en pie de guerra contra el Gobierno central.

El abogado Manuel López, secretario de la Asociación de Vecinos de Guardamar Playa, explica desde hace años, los propietarios han tratado de buscar alternativas legales para frenar la demolición de sus viviendas, incluyendo recursos que llegaron hasta el Tribunal Constitucional, que finalmente rechazó el recurso a finales del año pasado. A pesar de ello, López aclara que se ha logrado al menos un compromiso para retrasar los derribos hasta este mes de septiembre, con el fin de dar tiempo a los propietarios a organizarse y negociar posibles soluciones. «Las casas tienen un valor sentimental enorme para quienes las habitamos cada verano. Son nuestro hogar y forman parte de nuestra vida desde hace décadas», asegura.

Así reaccionó este joven cuando ordenaron tirar su casa

@elicio_guardamar Ministra Sara Aagesen, exigimos una solución YA @MITECO Día 53 de 67 completado✅ #guardamardelsegura #derrumbe #playa #alicante #costas ♬ Emotional Epic Cinematic Trailer – Alex Che

Uno de los argumentos del Gobierno para justificar la demolición es la pérdida de arena de la playa y, por ende, la cada vez más cercanía del mar a las viviendas. Según los vecinos, esta situación se originó en los años 90, cuando se construyó un espigón de forma incorrecta que alteró el flujo natural de arena proveniente del río y que antes protegía la playa frente a la erosión.

Elicio Mora, uno de los jóvenes afectados, ha documentado el problema en redes sociales, subiendo vídeos que muestran la erosión progresiva y la pérdida de arena frente a su vivienda. Su gesto más simbólico ha sido enviar una caja con arena a la ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, para visibilizar la injusticia y llamar la atención sobre la falta de soluciones por parte del Gobierno. El vídeo ya acumula cientos de miles de visualizaciones en TikTok, y las opiniones de los usuarios están divididas:

Ley de Costas

Estas casas de planta baja se encuentran en suelo de dominio público marítimo-terrestre. Disfrutan de una concesión administrativa otorgada en 1934, pero la legislación posterior, concretamente la Ley 22/1988, de Costas, establece límites estrictos para estas concesiones. Como señala el Artículo 49.1 de la ley: «En los bienes adscritos no podrá otorgarse concesión por plazo superior a treinta años». Además, la ley contempla la posibilidad de prórroga en su Artículo 49.2: «Las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley podrán ser prorrogadas por plazos sucesivos de hasta treinta años, siempre que concurran causas justificadas de interés público».

A pesar de esta posibilidad, los recursos judiciales de los vecinos no han logrado frenar la demolición. Manuel López, comenta que los propietarios buscan ejecutar voluntariamente las demoliciones para evitar costes mayores: «Si el Estado se encarga de derribar las casas, el importe que tendría que pagar cada propietario sería mucho mayor. Por eso algunos ya están pidiendo presupuestos para realizar los derribos por su cuenta, aunque eso no quita que sea un golpe emocional para todos».

El conflicto de Playa Babilonia es un ejemplo de tensión entre derechos históricos y la legislación vigente, donde la Ley de Costas de 1988 establece en su Artículo 95.1: «Sin perjuicio de la sanción penal o administrativa que se imponga, el infractor estará obligado a la restitución de las cosas y reposición a su estado anterior, con la indemnización de daños irreparables y perjuicios causados, en el plazo que en cada caso se fije en la resolución correspondiente».