La Ley de Propiedad Horizontal respalda a los vecinos: esto puedes hacer si intentan prohibirte tomar el sol en la azotea común
Es frecuente ver conflictos cuando un vecino considera que estos espacios no se tienen que utilizar para esos fines.
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En verano y con la aparición de las altas temperaturas, salir a tomar el sol a la azotea o a una terraza común suele ser lo más habitual. Aun así, es frecuente ver conflictos cuando un vecino considera que estos espacios no se tienen que utilizar para esos fines.
Si esas zonas pertenecen a las partes comunes de la comunidad y no hay una prohibición expresa en los estatutos, un propietario no puede vetar el uso de ese espacio para tomar el sol. En ese sentido, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es tajante al respecto en el artículo 9.1 a), el cual insta a los propietarios a realizar un buen uso de los elementos comunes.
El texto recoge lo siguiente: «Es obligación de cada propietario: respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos».
Límites de uso para tomar el sol
Ahora bien, que la ley permita el uso de la azotea o de la terraza para tomar el sol no significa que pueda utilizarse sin límites. Hay que respetar las normas de convivencia y evitar conductas que acaben ocasionando molestias a los demás vecinos. Tampoco se puede obstaculizar el paso ni apropiarse de manera indebida de una instalación común de la comunidad.
La ley obliga a todo el conjunto de vecinos a «mantener en buen estado de conservación» su propio piso o local e instalaciones privadas y «en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios». En caso de que haya un conflicto, lo más recomendable es consultar los estatutos que tenga la comunidad y las normas de régimen interno.
En caso de que alguien se queje, lo primero es reclamar tus derechos y revisar los estatutos para comprobar si existe alguna prohibición real y legalmente inscrita. Si el problema persiste, hay que solicitar al presidente o administrador que en la próxima junta se aclare el uso de las normas de la terraza o azotea.
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