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La prohibición de limpiar los campos mediante las quemas de restos de poda no se levantará hasta 2023

Este año sólo se permitirá quemar restos vegetales por motivos fitosanitarios si existe riesgo de propagación de plagas

El Govern balear flexibiliza la normativa que rige a nivel nacional y autoriza por regla general las quemas solicitadas

Joan Simonet: "La norma no tiene sentido, no todo el mundo tiene la maquinaria necesaria para triturar los restos de poda"

La obligación de solicitar autorización para cualquiera quema agrícola de rastrojos y restos de poda en Baleares que por primera vez ha entrado en vigor este año no se levantará hasta el 2023. La incerteza y el malestar general entre gran parte de los payeses y propietarios de fincas ha motivado que todas las formaciones políticas del Gobierno se unan para derogar de cara al próximo año la norma integrada en la Ley de Residuos.

El pasado 16 de octubre cambiaron las normas para encender un fuego en Baleares. Hasta el pasado año, a partir del día 15 de octubre terminaban las restricciones que impedían encender fuego en terrenos forestales o en los agrícolas que están situados a poca distancia del bosque, por el peligro evidente que suponía para la masa arbórea.

No obstante, este año las cosas han cambiado. Ahora se tiene que cumplir la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular que aprobó el Ministerio para la Transición Ecológica el pasado 8 de abril (Ley 7/2022), la cual prohíbe, de forma general, cualquier tipo de quema de residuos vegetales.

Lo que hace esta normativa es establecer una prohibición general en toda España de quema de restos de poda o semejantes. No en vano, cabe señalar que en Baleares, así como en otra comunidades autónomas, existe una excepción por motivos fitosanitarios con la que sí se puede pedir autorización para hacer fuego.

En concreto, lo que ha hecho la Conselleria de Agricultura es sacar una resolución en este sentido con la finalidad de facilitar las tareas de mantenimiento de las fincas y explotaciones que regula un amplio abanico de casos en los cuales sí que está permitido quemar aunque siempre previa autorización del Govern.

El director general de Agricultura, Fernando Fernández, lo ha detallado así en IB3 Ràdio: «Yo creo que  con esta resolución se contemplan prácticamente todas las situaciones, incluyendo por ejemplo la quema de ullastre (acebuche). Es una resolución que hemos aprobado por motivos fitosanitarios pero con la misma hemos abierto muchísimo el abanico de caos en los que es posible autorizar quemas».

La resolución firmada el pasado 6 de octubre por el conseller de Medio Ambiente y Territorio, Miquel Mir Gual, permite otorgar autorizaciones excepcionales para quema de material vegetal que puede servir para que los agricultores esquiven la normativa que les prohíbe hacer hogueras para quemar, in situ, los restos de poda.

La excepcionalidad de dicha resolución es la siguiente: si existe un riesgo de propagación de plagas, sí se permitirá quemar los restos vegetales en un terreno agrícola. Se tendrá que justificar el peligro y también que no será posible abordar ningún otro tratamiento, y se tendrá que contar con la consiguiente autorización del Govern Balear.

Las plagas que se contemplan son la Xylella fastidiosa, el perforador del pino (Tomicus sp.) o el bañarquero que afecta a las encinas (Cerambyx cerdo ssp. mirbeckii), así como de diferentes especies exóticas invasoras, y tiene en consideración que en muchos entornos no es posible controlarlas únicamente con métodos alternativos de tratamiento.

El presidente de la Asociación de Jóvenes Agricultores de Baleares (Asaja), Joan Simonet, ha apuntado que es de lógica hacer este tipo de quemas por la Xylella fastidiosa y otras plagas. «Gran parte de la Isla está afectada por la Xylella, por tanto quemar restos de poda de almendros, olivos o viñas va a favor del control de la Xylella».

Asimismo, Asaja ha destacado que la resolución «no tiene ningún sentido» debido a que «no todo el mundo tiene la capacidad de disponer de la infraestructura necesaria para triturar los restos de poda».  «La mayoría de fincas de Baleares o son pequeñas explotaciones o son fincas de montaña. Y sus propietarios no tienen la maquinaria requerida para triturar los restos de poda que siempre se han quemado por estas fechas», ha denunciado Simonet.

Entre los propietarios de fincas, la mayoría todavía no se han enterado del cambio y otros tienen muchas dudas al respecto. Ahora mismo, la Conselleria de Agricultura tramita entre 40 y 50 autorizaciones cada día. Tardan entre tres y cinco días en aprobarse y según la Conselleria todas se están aprobando. Son conscientes de que pedir una autorización puede resultar una «molestia», pero piden para este año «paciencia» porque previsiblemente en febrero la norma volverá a cambiar y ya no será necesario solicitar permiso.

En este sentido, Fernando Fernández ha explicado que la Ley de la PAC incorporará en 2023 una enmienda con el visto bueno de todos los grupos políticos para retirar esta obligación de tener que pedir autorización en todos los casos. «Todos, desde el PP hasta Unidas Podemos pasando por el PSOE. Todos consensuamos esa enmienda, la cual se ha incorporado a la Ley de la PAC que entrará en vigor en febrero», ha declarado el secretario general de Agricultura, añadiendo que «el año que viene se habrá derogado, menos mal, la Ley de Residuos.  Pero este año tenemos que funcionar con lo que tenemos».

En cualquier caso, con la normativa actual el permiso se tiene que solicitar y para hacerlo hay que rellenar un formulario en la web del Govern donde se pide el tipo de quema y el motivo fitosanitario. En el caso de no tener acceso a internet, tanto ayuntamientos como entidades agrarias pueden ayudar a hacer la tramitación.

Si la quema se hace a más de 500 metros de una masa forestal deberá solicitarse permiso a la Conselleria de Agricultura, y si el fuego se inicia a menos de 500 metros de una masa forestal será gestionada por la Conselleria de Medi Ambient.

La solicitud de permiso para realizar una quema se pueden realizar tanto por vía telemática (en la web de Agricultura) como de forma presencial en las delegaciones de la Conselleria en Palma, Inca y Manacor. Para hacerlo de manera telemática hay que tener DNI con firma digital.