Formentera, la última isla de Baleares en aprobar la legalización de viviendas en suelo rústico
Afectará a aquellas construcciones cuyas irregularidades ya han prescrito y no pueden ser demolidas
No podrán destinarse a alquiler vacacional y quedan excluidas las de zonas inundables o en la costa
Formentera, la última isla de Baleares en aprobar la legalización de viviendas en suelo rústico, pero cuyas irregularidades ya han prescrito y que no pueden ser demolidas por haberse superado los plazos legales, ni tienen un estatus legal reconocido, un proceso que ya está en marcha desde 2024 en Mallorca, Menorca e Ibiza.
Después de un primer intento fallido el pasado mes de abril para aplicar en la isla la disposición adicional séptima de la Ley 7/2024, que regula el procedimiento extraordinario de legalización de edificaciones, el pleno del Consell de Formentera aprobaba este jueves su aplicación.
Con los votos a favor del equipo de gobierno de Sa Unió (PP y Compromís) y el conseller no adscrito, Llorenç Córdoba, los votos en contra del PSIB-PSOE y la abstención de los consejeros de GxF, la medida establece un procedimiento específico con el objetivo de aportar seguridad jurídica a situaciones ya existentes.
El vicepresidente segundo y consejero de Territorio e Infraestructuras, Javier Serra, ha explicado que esta propuesta «no abrirá ninguna puerta a nuevas construcciones ni supone una legalización automática», sino que aplica una herramienta legal prevista por la normativa autonómica para dar una salida ordenada, técnica y garantista a situaciones que ya existen en suelo rústico.
Serra ha remarcado que el objetivo es aportar seguridad jurídica a determinadas edificaciones sobre las que, de acuerdo con la normativa vigente, el Consell ya no puede adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística.
El conseller ha señalado que esta disposición permitiría regularizar casos concretos que hasta ahora no tenían una vía clara, como edificaciones terminadas después de 1956 que no se ajustaban a modificaciones posteriores del Plan territorial insular o construcciones ejecutadas en su día con autorizaciones o permisos militares.
«No estamos hablando de una medida mayoritaria ni de una actuación que tenga que modificar el paisaje de la isla, sino de dar respuesta a realidades que ya están ahí y evitar que acaben generando degradación o abandono», ha afirmado Serra.
La legalización ni saldrá gratis, ni todas las construcciones podrán acogerse a esta medida. En primer lugar, los propietarios interesados tendrán que pagar, además de la tasa ordinaria de licencia y de los impuestos correspondientes, una prestación económica adicional.
Esta prestación se calculará sobre el presupuesto de obra presentado en el momento de la solicitud y será del 10% si la legalización se solicita durante el primer año, del 12,5% si se presenta durante el segundo año y del 15% si se tramita durante el tercer año.
Pero no todo será legalizable. Quedan excluidos los supuestos que marca la normativa, tales como edificaciones situadas en dominio público, zonas de protección de carreteras, servidumbres de costas, servidumbres del dominio público hidráulico, zonas inundables, actuaciones sujetas a expropiación, cesión obligatoria o derribo, entre otros.
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