Condenada por un incendio en una vivienda de Palma que subarrendó como alquiler vacacional sin licencia
La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a una mujer a pagar casi 19.000 euros por los daños de un grave incendio en una vivienda en Palma, que había subarrendado para ofrecerla como alquiler vacacional en una plataforma sin licencia.
La mujer había alquilado la vivienda, situada en Palma, durante un año, con una renta mensual de 1.275 euros. Por su cuenta, ofreció el inmueble a través de una conocida plataforma de alojamientos vacacionales.
En enero de 2020, mientras estaban hospedados cuatro estudiantes polacos, se produjo un incendio en el domicilio, originado por un brasero eléctrico propiedad de la inquilina demandada. El fuego prendió una alfombra en un dormitorio y las llamas se propagaron por toda la casa y el resto del edificio.
La propietaria fue indemnizada por su seguro por la mayor parte de los daños. Unos días después del incendio rescindió el contrato con la inquilina, y más tarde presentó una demanda contra ella, informa Europa Press.
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Palma desestimó esa demanda entendiendo que la propietaria debería haberla dirigido contra los huéspedes del alquiler vacacional como responsables de los daños.
El Juzgado consideraba que la propietaria había dado su consentimiento al subarriendo como alojamiento vacacional. La demandante matizó que no había autorizado el alquiler turístico y que sólo accedió a que se alojaran médicos que acudieran a Congresos y a la familia de la inquilina.
La Audiencia da la razón a la propietaria, llegando a la conclusión de que no alquiló la vivienda para que la inquilina la comercializara como vivienda turística.
Los magistrados deducen que «precisamente su idea era la contraria» debido los cambios recientes en la normativa turística; y resaltan que, según declaró, la inquilina se presentó como médico y solamente le había comentado que «posiblemente se hospedarían en la vivienda amigos suyos de la profesión» que se desplazaran a la isla para asistir a Congresos. Un detalle que, a juicio de la Audiencia, no constituye en absoluto una autorización para subarrendar la vivienda. Además, los viajeros que se estaban hospedando en el momento del incendio eran alumnos desplazados para una estancia de estudio.
Para la Sala, otro factor relevante es el precio. «Si fuera tan evidente que existía ese acuerdo para comercializar como vivienda turística, difícilmente se habría acordado el arrendamiento por la cantidad fijada en concepto de renta, atendidas las cantidades que se perciben por estos arrendamientos semanales», razona el Tribunal.
Por todo ello, la Audiencia condena a la inquilina a indemnizar a la propietaria por los daños en los muebles y otros bienes en el interior de la vivienda y por las cantidades que dejó de percibir el tiempo que tuvo la vivienda inhabitable, hasta que terminaron las obras de acondicionamiento.
Lo último en OkBaleares
-
Mallorca ampliará la próxima temporada las restricciones de acceso en coche al cabo de Formentor
-
BIAM Audiovisual 2025 culmina en Menorca dos jornadas clave para la industria audiovisual
-
El drama de una autónoma con la baja obligatoria de maternidad: «Es angustiante, no me dan los números»
-
Giro drástico en el accidente de Alcúdia: la mujer movió el cadáver de su marido y dijo que conducía él
-
Mazón, víctima del sistema
Últimas noticias
-
El PSOE andaluz propone recuperar el impuesto de sucesiones y multiplicar por cinco la recaudación
-
Este es el Spotify Wrapped 2025 de la redacción de OKDIARIO
-
Hallados 50 jabalíes muertos en la zona cero de la peste porcina en Cataluña
-
Confirmada la muerte de otros siete jabalíes por peste porcina africana en Cataluña
-
Comprobar ONCE hoy, miércoles, 3 de diciembre de 2025: Cupón Diario y Super 11