Tribunales

Procesado el socialista Recio por el desvío de más de 20 millones para los falsos contratos de Delphi

El juez ve presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude de subvenciones

El ex rector de la Universidad de Cádiz, Diego Sales, también procesado

Procesado el socialista Recio por el desvío de más de 20 millones para los falsos contratos de Delphi
Manuel Recio, ex consejero de Empleo de la Junta socialista de Andalucía. (Foto: EP)
David García de Lomana

En pleno intento de renovación del PSOE andaluz, el Juzgado de Instrucción nº. 6 de Sevilla ha procesado al ex consejero de Empleo de la Junta socialista de Andalucía Manuel Recio y a otros dos investigados en una pieza separada del caso de los cursos de formación por una subvención de más de 20 millones de euros para la contratación ficticia de ex trabajadores de la fábrica de Delphi en Puerto Real (Cádiz). La ayuda llegó «sin estudios ni análisis previos» y sin tan siquiera «comprobar la legalidad de su concesión».

La pieza está centrada en la presunta ilicitud del otorgamiento, pago y justificación de la subvención excepcional de 20,23 millones otorgada por la Junta de Andalucía a la Fundación Universidad Empresa de Cádiz (Fueca). La ayuda se concedió en mayo de 2011 mediante resolución de Recio para cursos de formación a ex trabajadores de Delphi, aunque «el objeto principal» de la subvención sería en realidad «la ficticia contratación laboral de los alumnos», ex trabajadores de la empresa.

En el auto, notificado este martes a las partes, el magistrado de refuerzo José Ignacio Vilaplana aprecia presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y fraude de subvenciones y acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra Recio y los otros dos investigados, el representante legal de Fueca, Sebastián S. G., y el presidente del patronato de dicha fundación y por entonces rector de la Universidad de Cádiz (UCA), Diego Sales.

Asimismo, el juez instructor acuerda el sobreseimiento de la causa respecto de otros cuatro encausados, entre ellos el ex consejero andaluz de Empleo Antonio Fernández y el ex delegado de Empleo de la Junta de Andalucía en Cádiz Juan Manuel Bouza al considerar que «no se encuentran en la causa indicios sólidos que permitan atribuirles participación -relevante penalmente- en los hechos investigados».

Las contrataciones «ficticias»

El magistrado precisa que en esta pieza separada se investigan los hechos vinculados con «la contratación simulada» de los antiguos trabajadores de Delphi mediante unos cursos de formación que requerían su contratación y alta en la Seguridad Social «sin que existiera una verdadera y real prestación de servicios» en la entidad formadora subvencionada (Fueca).

Dichos contratos sólo «habrían de tener como objeto ofrecer una apariencia de relación laboral» que justificase el correspondiente alta en la Seguridad Social y así «facilitar a los antiguos trabajadores de Delphi incluidos en el denominado Dispositivo de Tratamiento Singular el periodo de carencia necesario para reunir los requisitos correspondientes como beneficiarios de prestaciones que, de otro modo, no les habrían correspondido».

Según el juez, también «podría haberse producido el desvío de los fondos públicos objeto de la subvención a través de subcontrataciones no autorizadas y otras irregularidades».

El auto añade además que el «concierto delictivo» se habría configurado en torno a la «simulación de contrataciones» con los ex empleados de Delphi, incluyendo así «salarios, cotizaciones y otros gastos que pagaría de modo indirecto la propia Junta de Andalucía a través de Fueca», de forma que esta fundación «contrataría a los trabajadores de Delphi del dispositivo singular, pero siempre con financiación pública», trabajadores que no realizarían «un trabajo productivo por cuenta ajena».

Ayudas «sin estudios ni análisis»

Respecto al papel del ex consejero socialista de Empleo, el juez incide en que Manuel Recio habría emitido la correspondiente resolución de concesión de la subvención excepcional «sin estudios ni análisis previos, sin ni siquiera comprobar la legalidad de su concesión y sin una previa comprobación o análisis (…) del correcto destino de las subvenciones precedentemente concedidas», incurriendo así en «dejación de sus deberes elementales en el cargo».

El auto sostiene que la subvención fue concedida «al margen de la más mínima forma de legalidad, con fecha 10 de mayo de 2011, aun cuando la práctica formativa había comenzado el 1 de marzo de 2011», casi dos meses y medio antes de estimarse la solicitud de concesión de la ayuda.

Además, a través del otorgamiento de esta subvención, añade el juez, los responsables de la Consejería de Empleo investigados «habrían posibilitado la contratación ficticia y fraudulenta de los trabajadores de Delphi», comprometiendo fondos de forma ilícita «mediante la simulación de unos supuestos contratos para obra o servicio determinado que no tenían, de hecho, contenido efectivo, pues no obligaban a realizar otra actividad que no fuese la de recibir la formación, sin que existiese una verdadera prestación de servicios».

En esa relación «laboral» concertada por los investigados no hubo «prestación alguna de servicios» por cuenta del supuesto trabajador (en realidad, alumno de la acción formativa), sino la de recepción de formación facilitada por Fueca (…), no derivando los beneficios económicos obtenidos por tal entidad fruto del trabajo de aquellos supuestos trabajadores, sino de la subvención graciosamente concedida por la Junta de Andalucía para la realización» de las actividades formativas.

Las altas en la Seguridad Social «fueron ficticias» al no haber existido prestación de servicios que fundase las mismas y los dos investigados vinculados a Fueca «habrían posibilitado el otorgamiento y obtención irregular de esta subvención», zanja el juez.

El magistrado da traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo de 20 días, soliciten la apertura del juicio oral y formulen escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

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