Los bares de Sevilla podrán colocar sus veladores en aparcamientos
Estas medidas se aplicarán durante la alerta sanitaria
El Consistorio de la capital andaluza ha modificado la ordenanza reguladora de las terrazas. Mientras dure la alerta sanitaria por la pandemia del coronavirus los bares de Sevilla podrán colocar sus veladores en plazas separadas del establecimiento por una calzada y en aparcamientos, siempre y cuando los locales no puedan instalar las terrazas en el acerado frente a su fachada por falta de espacio.
Requisitos técnicos para la instalación de terrazas en el exterior
Además, el Ayuntamiento establece una serie de requisitos técnicos. Los bares de Sevilla deben colocar obligatoriamente una tarima para que los clientes puedan acceder desde el acerado. Además, la superficie de la terraza no puede ser superior a 100 metros cuadrados, con un máximo de 25 veladores. Por supuesto, los locales deben cumplir con lo establecido en la ordenanza municipal contra la contaminación acústica.
El objetivo de estas medidas es ayudar a la hostelería, uno de los sectores más castigados por la crisis del coronavirus. El consumo en interior de bares se ha reducido de forma notable, y el Ayuntamiento de Sevilla quiere favorecer la actividad hostelera en el exterior.
Con la modificación de la ordenanza reguladora, los bares sevillanos que no puedan instalar veladores en el acerado frente a su fachada por falta de espacio pueden utilizar de manera excepcional una plaza de aparcamiento y un espacio no vinculado frente al local que implique cruzar la calzada. Para ello deben solicitar licencia de veladores.
¿Qué negocios pueden solicitar veladores?
Los negocios de hostelería que pueden solicitar veladores en función de la ordenanza municipal deben estar en alguna de las siguientes situaciones. En primer lugar, los bares que por falta de espacio en el acerado no pueden tener veladores, no pueden instalar el 100% de las mesas y sillas autorizadas por la obligación de mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros, o no pueden instalar veladores en la acera por aforo en relación a la ordenanza de ruidos.
Todos los negocios que tengan autorización para instalar el velador en una plaza situada frente al bar, deben tener un paso de peatones en las inmediaciones para que los clientes puedan cruzar. En cuanto a las zonas 20 de especial protección para los transeúntes, este requisito no es necesario.
En cualquier caso, no se pueden ocupar los espacios situados frente a edificios destinados a viviendas, ni los frentes de salida de locales, garajes ni edificios. Si se instalan en espacios situados frente a locales, el titular del establecimiento deben dar su consentimiento expreso.
La distancia mínima con el mobiliario urbano o el máximo de veladores permanecen inalterables. Tampoco se va permitir la instalación de terrazas en espacios libres cruzando la calzada cuando haya un carril de emergencia en la misma, o circule el Metrocentro.
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