Absuelto del delito de trata un matrimonio que obligaba a una menor que «compró» a mendigar con su bebé
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Un matrimonio ha estado obligando a una menor de edad que compró a sus padres, de origen rumano, a mendigar con su bebé en distintas localidades andaluzas, como Córdoba, Málaga o Sevilla. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al matrimonio a dos años de prisión por un delito de explotación para la mendicidad, sin embargo, les ha absuelto del delito de trata de seres humanos, con lo que se han salvado de cinco años más de prisión.
El Alto Tribunal andaluz, eso sí, ha absuelto al matrimonio del delito de trata de seres humanos por el que estaban condenados a cinco años de prisión, si bien los condena por delito de explotación para la mendicidad. Cabe interponer recurso ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).
En la sentencia apelada se estimó como probado que en el año 2013, cuando la joven afectada, de nacionalidad rumana, contaba con 15 años de edad fue «entregada en Rumanía por sus padres, a cambio de recibir una cantidad de dinero», a los dos acusados, «con la finalidad de casarse con el hijo de éstos, aproximadamente de la misma edad que ella».
Con tal propósito, los procesados, junto con la menor, se trasladaron a España, concretamente a una localidad cordobesa, donde ya se hallaba el menor, «con quien aquélla no llegó finalmente a contraer matrimonio, pero sí a convivir y a tener relaciones sexuales, fruto de las cuales tuvieron un hijo en diciembre de 2014».
Así las cosas, desde principios de 2015 hasta aproximadamente mayo de 2015, los acusados, «de común acuerdo, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de ella -todavía menor de edad, pues contaba entre 16 y 17 años, con un hijo recién nacido, en un país extranjero y sometida al control de los acusados-, la obligaron a ejercer la mendicidad y a la venta de flores» en distintos municipios, «requisándole siempre el dinero que obtenía con tales actividades».
Para mantenerla en esa situación «la llevaban a los lugares en que debía ejercer la mendicidad y venta de flores», a la vez que «la vigilaban constantemente para que no tomara contacto con terceros a los que pudiese contar su situación».
Asimismo, según se expone en la sentencia, «la amedrentaban con la posibilidad de no volver a ver más a su bebé, recibiendo en ocasiones empujones y algún que otro golpe». La joven ha renunciado a cualquier tipo de indemnización.
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