La Guardia Civil explica los peligros de tirar comida a la carretera
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Cuando cogemos el coche es importante que evitemos cualquier tipo de conducta que pueda ponernos en peligro, tanto a nosotros como al resto de usuarios de la vía, como por ejemplo tirar comida en la carretera. Aunque pueda parecer algo inofensivo, la Guardia Civil ha recordado a través de sus redes sociales el peligro de hacerlo.
Al arrojar comida por la ventanilla no sólo ensuciamos la carretera, sino que también podemos provocar consecuencias irreversibles en el entorno natural. Por este motivo, la Guardia Civil ha publicao un mensaje alertando de los peligros de tirar comida comida a la carretera, aunque sea un simple chicle o la cáscara de un cacahuete.
El principal problema es que los animales que vivan cerca de la carretera, intentarán hacerse con la comida, de forma que podrían invadir la calzada para ello. Esto podría dar lugar a muchos problemas e incluso generar accidentes de tráfico. Mientras que algunos vehículos podrían pasar por encima del animal al no poder esquivale, otros podrían salirse de la calzada tratando de salvar su vida.
Esta acción puede hacer que animales salvajes invadan la calzada para comer los restos de los alimentos y un accidente de circulación grave.#SeguridadVial pic.twitter.com/YeastSogo1
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) August 18, 2021
Por supuesto, tirar una colilla por la ventanilla está terminantemente prohibido. Se trata de un acto sancionable por el alto riesgo de provocar un incendio que conlleva y porque supone un peligro para los motoristas y ciclistas.
La multa de la Dirección General de Tráfico por tirar una colilla por la ventanilla del coche es de 200 euros más la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.
Tal y como refleja la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, recogida en el Real Decreto 6/2015 de 30 de octubre, «Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes, o que obstaculicen la libre circulación».
Más allá de la seguridad vial, si la colilla arrojada por la ventanilla provoca un incendio forestal, según recoge la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, en los artículos 352 y 353, del Código Penal, «Los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses».
Por lo tanto, en caso de que el incendio sea de carácter grave, el conductor u ocupante del coche podría ser condenado a entre tres y seis años de cárcel.
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