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El Gobierno prohibirá fumar en playas, piscinas, terrazas y conciertos

La propuesta incorpora como zonas libres de humo las terrazas de bares y restaurantes, las marquesinas del transporte público

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, en segunda vuelta, el Anteproyecto de la nueva Ley del Tabaco, una de las principales polémicas de Mónica García, sobre todo de sectores como el hostelero o transportes, entre otros. El texto, que modifica la ley de 2005, iniciará ahora su tramitación parlamentaria en el Congreso de los Diputados, donde aún podrá ser objeto de enmiendas y cambios antes de su aprobación definitiva, aunque hay grupos políticos que aseguran que no se ajusta a la realidad actual.

La reforma supone un endurecimiento de la normativa frente al tabaco y los nuevos productos con nicotina, con el objetivo de ampliar la protección frente al humo ambiental y limitar el acceso y el consumo de estos dispositivos entre los menores de edad. Es decir, mezcla todo el tabaco.

Más espacios libres de humo

Uno de los principales cambios será la ampliación de los espacios donde no estará permitido fumar ni vapear. La propuesta incorpora como zonas libres de humo las terrazas de bares y restaurantes, las marquesinas del transporte público, los recintos donde se celebren espectáculos y conciertos al aire libre, las piscinas de uso colectivo y los vehículos de transporte con conductor, al considerarse lugares de trabajo. También se prevén nuevas restricciones en otros espacios públicos definidos durante la tramitación de la norma.

La prohibición se extenderá a centros sanitarios, educativos, universitarios y sociosanitarios, así como a parques infantiles, instalaciones deportivas, espacios culturales, estaciones de transporte y recintos al aire libre donde se celebren espectáculos o conciertos.

Vapeadores, mismas restricciones que el tabaco

Otra de las novedades más relevantes es la equiparación legal de los cigarrillos electrónicos y otros productos alternativos al tabaco convencional.

La futura ley extenderá las mismas limitaciones al cigarrillo electrónico, con o sin nicotina, las bolsas de nicotina de uso oral, los dispositivos de tabaco calentado y los productos de hierbas utilizados para fumar, como determinadas shishas.

Con ello, Sanidad pretende actualizar una legislación diseñada hace dos décadas para adaptarla a la aparición de nuevos productos que han ganado popularidad, especialmente entre la población joven.

Prohibido vapear para los menores

La protección de los menores constituye uno de los ejes de la reforma. Además de mantenerse la prohibición de venta de vapeadores y productos similares a menores de edad, la nueva ley incorpora por primera vez la prohibición expresa de su consumo por parte de este colectivo. Según la propuesta, las sanciones recaerán sobre los padres o tutores cuando los infractores sean menores.

Para proteger a los menores, se prohíbe la venta de dispositivos de vapeo o similares y, por primera vez, su consumo, con multas de 100 euros que deberán asumir sus padres o tutores en caso de infracción.

Adiós a los sabores

La ley completa las medidas ya impulsadas por el Ministerio de Sanidad mediante el real decreto que elimina los sabores característicos en los cigarrillos electrónicos y endurece su etiquetado, permitiendo únicamente el sabor a tabaco. El objetivo, según el departamento que dirige Mónica García, es reducir el atractivo de estos dispositivos entre adolescentes y jóvenes.

Todavía debe superar el trámite parlamentario

Aunque el Consejo de Ministros dé este martes luz verde al texto, la ley aún no entrará en vigor. Tras su aprobación como proyecto de ley comenzará su recorrido en el Congreso y posteriormente en el Senado, donde los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas y modificar parte de su contenido.

La tramitación parlamentaria se prevé intensa, ya que algunas de las medidas, especialmente la prohibición de fumar y vapear en terrazas o la regulación de los productos alternativos a la nicotina, han generado críticas desde sectores como la hostelería, el turismo y parte de la industria, mientras organizaciones sanitarias respaldan el endurecimiento de la normativa por considerarlo un paso más en la prevención del tabaquismo.

Entornos de protección reforzada

De hecho, la norma incorpora los denominados entornos de protección reforzada, entendidos estos como el radio no inferior a 15 metros alrededor de accesos a edificios públicos, centros sanitarios públicos y privados, sociales, educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, centros deportivos y parques o recintos infantiles. No obstante, contempla un plazo de dos meses para adaptar la señalización en los espacios donde exista prohibición de consumo.

Por otra parte, se prohíbe expresamente el consumo de productos del tabaco por parte de menores de 18 años. En este punto, se equipara esta medida a los cigarrillos electrónicos y a otros productos relacionados, salvo las bolsas de nicotina en cuanto a espacios sin humo, aunque la norma sí prohíbe su consumo por parte de personas menores de edad.

En cuanto al aspecto de la publicidad, el proyecto de ley refuerza las restricciones a esta, así como a la promoción y el patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos relacionados. El apartado más novedoso se recoge en los puntos de venta, y es que no podrán realizarse acciones en escaparates ni utilizarse cartelería que, por sus características o ubicación, sea visible o percibida desde el exterior de los estancos y tiendas especializadas.