Oposiciones no eliminatorias

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De los creadores del “Aprobado general”, llega “Funcionario sin opositar”. Si ya puedes suspender con alegría en el instituto y te dan el título, por qué no nombrar funcionarios sin oposición. Es la última ocurrencia del Gobierno. El problema es que este Gobierno publica sus ocurrencias en el BOE en forma de Decreto Ley. Y así nos va.

Ahora parece que el esfuerzo y los exámenes son de Derechas y Adriana Lastra es el modelo -no la modelo- a seguir. Pero no nos perdamos en el uso del género que para eso ya están las ministras podemitas. Vamos al tema: han inventado las ‘oposiciones no eliminatorias’, imposible oxímoron; es como decir ‘caos ordenado’, ‘líquido sólido’ o ‘palabra de Sánchez’; conceptos imposibles.

Hay que reconocer que reducir la temporalidad en la Administración es difícil porque hay que respetar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público y, a la vez, conseguir conciliar los intereses (enfrentados) de los tres colectivos en juego: los de los interinos (que desean entrar haciendo valer su experiencia), los de los funcionarios que ya hicieron una oposición (que se verían agraviados) y, muy especialmente, los del resto de aspirantes (que ven reducidas sus expectativas, porque se reservan plazas a los interinos). Y mama-Estado, que diría Yolanda, quiere dar gusto a todos.

Yo, como no tengo que contentar a nadie, voy a intentar explicar con claridad lo que pasa y, me temo, va a seguir sin arreglarse:

  1. Muchos interinos no tienen la culpa de no haber podido opositar. Cierto. Pero tampoco a ninguno se le ha obligado a ser interino ni ello debe ser premiado facilitando el acceso en contra del principio de igualdad, pues los terceros afectados tampoco tienen la culpa de que no haya habido procesos selectivos.
  2. La oposición no garantiza seleccionar a los que mejor desempeñarán los puestos. Cierto. Quizá no sea un sistema idóneo para ello pero es el sistema más democrático y el único capaz de garantizar el acceso conforme a los principios constitucionales. No hay otro.
  3. La experiencia tiene que poder valorarse. Cierto. pero tampoco podemos confundir antigüedad con experiencia ni que la experiencia compense, como se pretende, la falta de formación (que debe ser demostrada superando la fase de oposición).
  4. Es aconsejable reducir la temporalidad en el sector público. Cierto. pero tampoco es malo que haya temporalidad. En un sistema tan rígido como el español es buena la flexibilidad que da la temporalidad, pues las necesidades varían y los funcionarios permanecen.
  5. Sobran funcionarios entre los empleados públicos. Cierto. En Suecia o Dinamarca los funcionarios de carrera no llegan al 5% del personal del sector público (en España diez veces más). Lo determinante para tener la condición de funcionario tendría que ser qué haces, no dónde lo haces. En España todo el que trabaja en el sector público quiere ser funcionario, pero solo deberían serlo quienes ejercen funciones de autoridad pública.
  6. Aunque, más que funcionarios, lo que sobran son funciones. Muy cierto. También en España somos campeones en funciones internalizadas. Queremos que de todo se encargue la Administración directamente en lugar de dejar que de muchos servicios públicos se encargue el Tercer Sector o el Mercado, como hacen en el Reino Unido o Alemania.
  7. La UE obliga a reducir (que no eliminar) la temporalidad. Cierto. Pero es falso que haya que hacerlo como pretende el Gobierno. La forma elegida es una nueva patada a la Constitución.

Ahora solo cabe esperar que alguien recurra este desaguisado y que el Tribunal Constitucional, como diría Margarita, elucubre sobre ello. Hasta entonces.

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