Opinión

Leyes, pocas y estables

A uno le ilusionaría que el único decreto-ley que aprobara su Gobierno fuera la prohibición de las despedidas de solteros. ¡Qué fácil es soñar con un mundo mejor, donde la estética ciudadana no se vea por la etílica francachela de los casorios de solteros! Pero nuestro Ejecutivo no nos da esa alegría, ni casi ninguna, a los juristas. Porque, después de darnos la matraca con que el predecesor Gobierno de Rajoy usó y abusó de esta norma de extraordinaria y urgente necesidad, son un rosario los boes que abren su cabecera con la rúbrica de decreto-ley. Resulta hasta aburrido incidir en que el presupuesto habilitante, que perfectamente delimitó el Tribunal Constitucional de los 80, hoy es genuino papel mojado. Tampoco eso sería lo peor, sino la confusa producción normativa que, como una auténtica hemorragia incontrolada, va llenando como un campo de minas la interpretación del derecho y las normas para la ciudadanía.

El penúltimo sainete normativo es el decreto-ley conocido como del ahorro energético. Por encima de sus buenas o acertadas intenciones, de que responda a una iniciativa europea, aunque evidentemente excedida a su marco temporal superior a un año, tiene poco apoyo en la buena técnica normativa; introducir una norma de evidente impacto social dentro de un decreto que amalgama cosas tan dispares, como un importante cambio en la normativa de transporte, o las becas de ayuda al estudio, resulta como poco chocante. Los expertos de la técnica legislativa quizás opinen aquello de que en el caos no hay error… Por no saberse, no hay ni una idea clara de quien posee la competencia para la vigilancia de la norma, e incluso si hay una potestad sancionadora en tal sentido.

Los sacrosantos principios de legalidad y tipicidad no parecen encuadrarse en un número final, que dice que para el cumplimiento de sus obligaciones habrá de estarse a lo previsto en un reglamento (instalaciones térmicas) que a su vez se remite a la Ley de Industria. Los elementos más esenciales para la descripción de la conducta infractora con sus circunstancias y el ejercicio de su potestad sancionadora brillan por su ausencia.

En este vértigo normativo que supondrá la necesidad de un pleno extraordinario del Congreso en el ferragosto, para la convalidación, en su caso, del decreto-ley, parece que entra también de rondón la reforma concursal. La que supone un número muy por encima de la veintena en el cambio normativo en materia de insolvencia desde 2003. Este nuevo bandazo normativo concursal, con cambios muy profundos, incluido el denominado procedimiento especial de las microempresas, viene sorprendentemente precedido de un muy reciente texto refundido, con el que parecía definitivamente ordenarse el sistema.

Poco tiene que ver el siglo XXI con el XIX, y la codificación lenta y duradera con la normativa kleenex. Alonso Martínez puede seguir tranquilamente en la estatua de su glorieta madrileña, porque seguramente nadie se acuerda de él.