Cambiar de sexo en el Registro como quien cambia de perfume
Con independencia de que la Ley Trans permita la barbaridad de que los menores de edad puedan cambiar de sexo sin dictamen médico o judicial alguno, la norma contempla otros aspectos que son igualmente censurables, como el hecho de que permita cambiar de sexo en el Registro varias veces y con plazos reducidos. En apenas dos años, una persona podrá haber registrado tres cambios, sin casi condicionantes. La ley prescinde por completo de los informes médicos y psicológicos y los menores a partir de 16 años no necesitarán tampoco el consentimiento paterno. Y como la norma contempla la posibilidad de que la persona quiera dar marcha atrás -la llamada «reversibilidad de la rectificación de la mención registral relativa al sexo de las personas»- cualquiera podrá solicitarla transcurridos seis meses desde el primer cambio de sexo. En suma, en unos catorce meses una persona podrá haber cambiado de sexo y vuelto al inicial, pero con la posibilidad de volver a cambiar nuevamente de sexo, esta vez ya -por fin- con el aval de un juez. Resumiendo: en apenas dos años el interesado podrá haber cambiado de sexo, vuelto al original y solicitado una nueva rectificación.
Ya el Consejo de Estado y el CGPJ advirtieron de que el proceso «debería estar sujeto a una serie de condicionantes que asegurasen cierta estabilidad en la definición de la identidad sexual de la persona» y alertó de las «consecuencias de flexibilizar este sistema en exceso», instando a que cada revisión se someta «a una serie de cautelas que garanticen una adecuada protección de otros bienes jurídicos concurrentes y el debido respeto a los principios de seguridad jurídica y de orden público». Por supuesto, el Ministerio de Igualdad de Irene Montero hizo caso omiso de estas recomendaciones y se negó a enmendar una Ley Trans que es, sencillamente, delirante, al convertir el sexo en una suerte de ruleta. Eso no es ser progresista, eso es profundamente reaccionario.
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