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¿A qué sitios puedes entrar con tu perro con la nueva Ley de Bienestar Animal?

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La nueva Ley de Bienestar Animal ha generado muchísimas duda entre quienes tienen un perro. Una de la preguntas más planteadas desde el pasado 29 de septiembre, fecha en la que entró en vigor, es dónde pueden entrar con su mascota. El artículo 29 hace referencia al acceso con animales de compañía a espacios públicos, medios de transporte y establecimientos, siempre y cuando «no constituyan un riesgo para las personas u otros animales».

Espacios públicos

Uno de los principales objetivos de la Ley de Bienestar Animal es promover el acceso de los animales de compañía a los espacios públicos siempre que no supongan ningún riesgo.

El artículo 29.7 dice lo siguiente: «Sin perjuicio de lo establecido en sus ordenanzas municipales, los Ayuntamientos promoverán el acceso a playas, parques y otros espacios públicos de aquellos animales de compañía que no constituyan riesgo para las personas, otros animales o las cosas. Sin perjuicio de su acceso a estos y otros espacios, los municipios determinarán en todo caso lugares específicamente habilitados para el esparcimiento de animales de compañía, particularmente los de la especie canina».

Medios de transporte

En el transporte, se «adoptarán las medidas necesarias para garantizar el transporte de animales de compañía en estos medios de transporte, siempre que se realicen en las condiciones de acceso establecidas por cada uno de los operadores, respetándose las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad exigidas por la ley».

En el caso del servicio público con taxi y vehículos de turismo con conductor, se «facilitará la entrada de animales de compañía en sus vehículos de manera discrecional, salvo circunstancias debidamente justificadas».

Establecimientos

En tiendas, bares y restaurantes, esto es lo que determina la norma: «Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica».

Por lo tanto, con la nueva Ley de Bienestar Animal se puede acceder con animales de compañía a establecimientos público y privados, medios de transporte, espacios públicos, restaurantes, bares y alojamientos hoteleros. También es posible acceder con ellos a centros centros asistenciales destinados a la atención de personas en riesgo de exclusión social, personas sin hogar o víctimas de violencia de género, así como a refugios y albergues.