El juez admite a Almeida como víctima en el caso de las mascarillas compradas a Medina y Luceño
El juez califica como "grave" el caso ya que en esas fechas había "miles de fallecimientos diarios"
El email que se facilitó a Luis Medina desde el Ayuntamiento de Madrid aparecía 200 veces en internet
PSOE y Más Madrid celebraron el contrato de las mascarillas de Almeida: «Gran trabajo, nada fácil»
Almeida se personará como “víctima” en el caso de la estafa al Ayuntamiento con test y mascarillas
El Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid ha admitido la personación del Ayuntamiento de la capital como acusación particular en el caso de las comisiones presuntamente ilegales en la venta de material sanitario al Consistorio madrileño. Tal como José Luis Martínez-Almeida indicó desde el primer momento, la Justicia no cree que haya ninguna irregularidad en el seno de la Corporación municipal.
La admisión como víctima en el caso confirma de nuevo que el Gobierno de Partido Popular y Ciudadanos no están bajo la lupa del juez. Lejos de imputar a algún concejal o alto cargo local, se investiga a los dos empresarios que recibieron comisiones millonarias de la empresa Leno originaria de Malasia, Luis Medina y Alberto Luceño.
El auto del juez Adolfo Carretero, al que ha tenido acceso OKDIARIO, también admite la personación de dos grupos municipales de la oposición, Más Madrid y PSOE, y de Podemos, a pesar de que no tiene representación en el Ayuntamiento.
En un documento judicial fechado este martes 12 de abril «se tiene por presentados los escritos por parte del Ayuntamiento como acusación particular y los del PSOE, del grupo municipal socialista del Ayuntamiento, de Rita Maestre, del grupo municipal Más Madrid y del partido Podemos».
«Consistorio perjudicado»
A continuación, el magistrado indica que «resulta procedente, conforme a Ley de Enjuiciamiento Criminal, tener por personados como acusación particular la presente causa por delitos de estafa agravada, falsedad documental y blanqueo de capitales al Ayuntamiento de Madrid, por ser perjudicado de los presuntos delitos».
Del mismo modo, resulta procedente a juicio de Carretero, conforme a la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «tener por personados como acción popular al PSOE y el grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Madrid y al partido Podemos, ya que los delitos investigados, no sólo afectan a los fondos públicos, sino que tienen un interés general y una enorme repercusión pública, al investigarse el manejo de los citados fondos en un asunto tan grave como fue la adquisición de material sanitario en el momento más álgido de la pandemia de Covid-19, con miles de fallecimientos diarios, y determinar si esos fondos beneficiaron a determinadas personas particulares en perjuicio de la generalidad de los ciudadanos».
Por ahora, el juez deja por ahora fuera del procedimiento a Rita Maestre, líder de la oposición a José Luis Martínez-Almeida, por un error formal que Más Madrid deberá subsanar. «No se tiene por el momento por personado como acción popular a Rita Maestre y al grupo Más Madrid, por no aportar el poder general para pleitos preceptivo, sin perjuicio de que puedan subsanar este defecto aportando el mismo, o personándose ante este Tribunal».
Por otra parte, el auto acepta que «la jurisprudencia alegada por el PSOE y Podemos exime de la necesidad de fianza cuando el procedimiento ya se ha iniciado por otra parte con la presentación de una querella, siempre que haya interés legítimo por la acción popular, como sucede en este caso y se ha presentado con anterioridad una querella por la Fiscalía Anticorrupción».
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