La juez archiva la demanda que puso a OKDIARIO el edil de Podemos que hacía excursiones marítimas ‘piratas’
Podemos sigue estrellándose en los tribunales. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Puerto del Rosario ha archivado la demanda que uno de los fundadores de Podemos en la isla de Fuerteventura, Álvaro de Astica, interpuso en febrero de 2018 contra OKDIARIO por supuesta «intromisión ilegítima en su derecho al honor».
De Astica reclamaba a la empresa editora de OKDIARIO una indemnización de 50.000 euros por una información publicada el 30 de enero de 2017 bajo el título «Denuncian que un edil de Podemos organiza excursiones marítimas piratas para ver delfines».
Sin embargo, la sentencia desestima las pretensiones del edil podemita y determina que la información publicada por OKDIARIO «está contrastada, es veraz, tiene interés público y no es ni injuriosa ni vejatoria»
La noticia explicaba que Álvaro de Astica (portavoz de la marca blanca de Podemos Votemos La Oliva) y su hermano organizaban excursiones marítimas para turistas con la embarcación Matasanos sin tener los permisos administrativos en regla y, por tanto, poniendo el peligro la vida de sus pasajeros.
La información publicada por OKDIARIO señalaba que, a raíz de dos denuncias presentadas, la Guardia Civil inspeccionó el buque Matasanos y comprobó que no tenía en regla el despacho de buques, imprescindible para navegar. Un dato que confirmó el propio Álvaro de Astica durante el juicio celebrado el pasado 18 de octubre en el Juzgado de Puerto del Rosario.
Además, el texto indicaba que el Tribunal de Cuentas detectó gastos irregulares por importe de 3.351 euros en la contabilidad de Votemos La Oliva (formación política de la que Astica es fundador y portavoz). Y añadía que el gobierno del Cabildo de Fuerteventura otorgó una subvención de 12.000 euros para realizar las observaciones de un biólogo a bordo del buque Matasanos.
En su demanda, Álvaro de Astica aseguraba que la noticia había tenido una gran repercusión entre sus «personas allegadas», por lo que finalmente se vio obligado a «disolver la sociedad [con la que organizaba las excursiones marítimas], perdiendo su modo de subsistencia laboral, su modo de vida como biólogo marino». En realidad, el concejal sigue organizando excursiones marítima, pero ahora lo hace con otro barco que sí tiene los papeles en regla.
La sentencia que archiva la demanda de Álvaro de Astica contra OKDIARIO es clara sobre todos estos extremos: «Lo publicado por OKDIARIO no sólo viene corroborado documentalmente, sino que no ha sido negado por el actor, quien reconoce en su interrogatorio haber tenido un expediente abierto por falta del despacho de buques».
«En cuanto a la subvención de 12.000 euros», añade, «manifiesta el actor en su interrogatorio que fue un joven biólogo que la solicitó al Cabildo con su patrocinio, reconocimiento que parte del dinero se utilizó en gastos del barco».
OKDIARIO acreditó además ante el tribunal las denuncias presentadas ante la Capitanía Marítima de Puerto del Rosario y ante la Guardia Civil por las irregularidades del buque Matasanos, la existencia de un atestado remitido por este cuerpo al Juzgado tras inspeccionar la embarcación, así como el informe del Tribunal de Cuentas que detectó gastos irregulares en la contabilidad de la candidatura Votemos La Oliva.
La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Puerto del Rosario recuerda que la doctrina constitucional y la jurisprudencia del tribunal Supremo reconoce «de forma unánime la posición prevalente que ostenta el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor, amparando la crítica de la conducta de otro aun cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a aquel contra quien se dirige porque así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura sin los cuales no existe sociedad democrática».
La sentencia determina que la noticia publicada por OKDIARIO «está suficientemente contrastada y es veraz, tiene interés público por la condición de político del actor [Álvaro de Astica] y, por el hecho de recibir una subvención un barco –del que es cotitular el demandante– aun no cumpliendo con toda la legalidad tiene interés público».
En cuanto al término «pirata» utilizado en el titular, añade la resolución judicial, «está referido a las excursiones en barco realizadas sin los papeles en regla –falta el preceptivo despacho de buques–, por lo que ni es injuriosa ni vejatoria, estando relacionada la expresión dentro del contexto en el que se vierte».
Condena al edil podemita a pagar las costas
Por otro lado, el propio De Astica manifestó durante el juicio que la noticia publicada «tuvo repercusión en su entorno más cercano, sus ‘personas allegadas’, por lo que ninguna afectación pudo tener entre los numerosos turistas, en su mayor parte extranjeros, que llegan asiduamente a la isla».
Por tanto, la magistrada María Teresa del Pino Hernández descarta por completo que la noticia publicada por OKDIARIO tenga ninguna relación con la decisión de Alvaro Astica de disolver la sociedad de la que era administrador mancomunado junto a su hermano. La sentencia desestima la demanda presentada por Álvaro de Astica contra OKDIARIO y condena al político podemita a pagar las costas judiciales.
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