Sanidad no exige la realización de test PCR a los contactos de los nuevos contagiados
En las pautas del Ministerio para el "manejo de los contactos" la exigencia de PCR vuelve a brillar por su ausencia, con lo que los contagiados asintomáticos pueden convertirse, una vez más, en un coladero de la enfermedad
Los nuevos contagios crecen por España y el Gobierno se niega, de nuevo, a exigir el uso de los test PCR para controlar los focos. El último documento del Ministerio de Sanidad sellado el 16 de junio se limita a «recomendar» la realización de los PCR a los contactos de las personas contagiadas y confirmadas por test.
Y lo hace de este modo, cuando es ya evidente que los mecanismos de expansión de esos focos de contagio son, precisamente, los contactos estrechos: las personas que pueden haber sido contagiadas por los nuevos brotes.
Las pautas a seguir con los nuevos focos de contagio fueron definidas por el Ministerio de Sanidad a escasos días de eliminarse el estado de alarma.
El documento en cuestión que plasma esta mecánica de combate de los nuevos brotes es el informe ‘Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de Covid-19’. Su fecha de actualización es el 16 de junio de 2020.
Rechazo al uso generalizado de PCR
En ese documento se puede volver a ver el santo y seña característico de la Administración Sánchez frente al coronavirus: su rechazo al uso generalizado y obligatorio de los test PCR para detectar y atajar los casos de contagio.
El documento define el concepto de «contacto estrecho» de un contagiado. Y afirma que «el estudio y seguimiento de los contactos estrechos tiene como objetivo realizar un diagnóstico temprano en los contactos estrechos que inicien síntomas y evitar la transmisión en periodo asintomático y paucisintomático».
Hasta ahí, todo correcto. Es más, el documento incluye la definición de todos los «contactos estrechos» que deben ser vigilados:
En el texto se clasifica como contacto estrecho:
– «Cualquier persona que haya proporcionado cuidados a un caso: personal sanitario o socio-sanitario que no han utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar.
– Cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros (ej. convivientes, visitas) y durante más de 15 minutos.
– Se considera contacto estrecho en un avión, tren u otro medio de transporte de largo recorrido (y siempre que sea posible el acceso a la identificación de los viajeros) a cualquier persona situada en un radio de dos asientos alrededor de un caso y a la tripulación o personal equivalente que haya tenido contacto con dicho caso».
Además, el periodo «a considerar será desde 2 días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado. En los casos asintomáticos confirmados por PCR, los contactos se buscarán desde 2 días antes de la fecha de diagnóstico».
Pero cuando el documento pasa a describir el «manejo de los contactos», la exigencia de PCR vuelve a brillar por su ausencia, con lo que, lo cierto es que los contagiados asintomáticos pueden convertirse, una vez más, en un coladero de la enfermedad:
«Ante cualquier caso sospechoso, está indicado iniciar la identificación y control de sus contactos estrechos convivientes, recomendándoles evitar salidas del domicilio. La identificación y control del resto de contactos estrechos (no convivientes) se podrá demorar hasta que el caso sea clasificado como caso confirmado con infección activa, a consideración de la comunidad autónoma correspondiente, siempre que dicha confirmación pueda garantizarse en el plazo de 24-48 horas. Si la PCR del caso sospechoso resultara negativa, se suspenderá la cuarentena de los contactos».
Por lo tanto, no se exige el test PCR.
Más adelante, Sanidad continua con las pautas, y sigue sin exigir de manera obligatoria el test PCR. Es más, se delega la responsabilidad en las comunidades autónomas: «Cualquier persona que sea identificada como contacto estrecho deberá ser informada y se iniciará una vigilancia activa o pasiva, siguiendo los protocolos establecidos en cada comunidad autónoma. Se recogerán los datos epidemiológicos básicos de la forma en que cada comunidad autónoma haya establecido, así como los datos de identificación y contacto de todas las personas clasificadas como contactos. Se proporcionará a todos los contactos la información necesaria sobre el COVID-19, los síntomas de alarma y los procedimientos a seguir durante el seguimiento».
Contactos estrechos
Por último, al explicar «las actuaciones sobre los contactos estrechos», únicamente se señala que se «indicará vigilancia y cuarentena durante los 14 días posteriores al último contacto con un caso confirmado. Si no se puede garantizar la cuarentena de los contactos de forma rigurosa, se recomienda realizarla en instalaciones de la comunidad preparadas para ello».
Para terminar, se incluye un mero consejo, sin exigencia, ni obligatoriedad legal: «Se recomienda la realización de PCR a los contactos estrechos con el objetivo principal de detectar precozmente nuevos casos positivos».
Una vez más, delegando la responsabilidad en los gobiernos regionales: «En este sentido, la estrategia más efectiva sería realizar la PCR en el momento de la identificación del contacto, independientemente del tiempo transcurrido desde el último contacto con el caso. Se podrá priorizar la realización de esta prueba a personas vulnerables, personas que atienden a personas vulnerables, convivientes o personal sanitario de centros sanitarios o sociosanitarios o esencial o a quien considere la comunidad autónoma en su estrategia».
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