Anticorrupción no recurrirá el archivo de la causa contra Cifuentes por prevaricación y cohecho en ‘Púnica’
La ex presidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes salva uno de sus escollos judiciales: según ha podido saber OKDIARIO de fuentes de toda solvencia, la Fiscalía Anticorrupción no recurrirá el archivo de la causa abierta contra ella en el caso Púnica por prevaricación y cohecho, por la adjudicación del contrato de servicio de cafetería, cocinas y comedor de la Asamblea de Madrid en los procesos de licitación de 2009 y 2011.
Anticorrupción ha estudiado el auto que el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón emitió la semana pasada y ha optado por no recurrirlo. Al igual que el juez, desde el Ministerio Público se ha llegado a la conclusión que Cristina Cifuentes no participó en la presunta financiación irregular del Partido Popular que se investiga en el caso Púnica.
Según explican las fuentes, del mismo modo que ya hiciera el magistrado instructor, las fiscales del caso Púnica también han tenido muy en cuenta el informe policial que se presentó a la causa. En dicho informe se explicaban las supuestas irregularidades que se habían cometido con el contrato investigado del servicio de cocina, cafetería y comedor.
Las irregularidades investigadas, según los policías, venían relacionadas con las donaciones por parte de algunos empresarios a la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (Fundescam). Unas donaciones que no se han podido vincular con la ex presidenta, puesto que Cristina Cifuentes no ostentaba ningún cargo en dicha fundación.
Además, el informe no sólo le sirvió a Manuel García-Castellón para concluir que no se había acreditado que Cristina Cifuentes tuviera ningún tipo de participación en la gestión económica de Fundescam, sino que ahora se ha erigido como la pieza principal para que la Fiscalía Anticorrupción no recurra el archivo contra ella.
Sin vinculación
El juez decía en su auto que «no se desprende de lo actuado hasta el momento indicio alguno que permita sostener que Cifuentes tuviera conocimiento de quiénes eran los donantes de la Fundación Fundescam, ni ha resultado acreditada su participación en actividad alguna que tuviera relación con las funciones de administración, gestión, o contabilidad referida a la fundación». Y añadía que, el hecho de que la ex presidenta de la Comunidad de Madrid tuviera un previo conocimiento de la existencia de aportaciones por parte de empresarios a las cuentas de Fundescam, «se basa en una mera especulación, ausente de todo elemento indiciario que la sustente».
Al igual que para el magistrado, para las fiscales del caso Púnica no se puede mantener que Cifuentes tuviera conocimiento de las donaciones vinculadas al empresario Arturo Fernández y, por ello, no se puede sostener que la actuación de la ex presidenta madrileña en el proceso de licitación del servicio de cafetería, cocina y comedores de la Asamblea de Madrid, «estuviera presidida por una voluntad de favorecer a este empresario por las donaciones que éste había realizado en la Fundación señalada». Esta afirmación recogida en el auto de archivo del magistrado del caso Manuel García-Castellón ha sido fundamental para la decisión final de Anticorrupción.
Así, y a falta de que la acusación popular ejercida por el PSOE se pronuncie, Cristina Cifuentes ha salido victoriosa de esta causa. Otra cosa bien diferente es qué pasará con el recurso de la Fiscalía Provincial de Madrid presentado contra la absolución de Cifuentes en el caso máster.
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