Echenique culpable en firme por no pagar la Seguridad Social a su asistente: desiste de recurrir
El portavoz de Podemos en el Congreso de los Diputados, Pablo Echenique, ha desistido finalmente de recurrir su condena por no pagar la Seguridad Social de su asistente personal. Fuentes del Tribunal Supremo (TS) avanzan a OKDIARIO que el dirigente morado ha retirado el recurso que interpuso, antes de que el Alto Tribunal decidiera sobre su admisión a trámite. Por tanto, los magistrados han dado el recurso por desistido.
El diputado había recurrido por casación ante el Supremo la sentencia de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), de septiembre de 2019, que ratificaba el fallo de Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de enero de 2019, tras unas diligencias que abrió en 2017. Ahora, fuentes oficiales señalan que el parlamentario de Podemos ha optado por ceder en su empeño de tratar de ser declarado inocente por los hechos enjuiciados. Por tanto, la condena pasa a ser firme. La Inspección de la Seguridad Social lo dejó claro en una investigación oficial ya a finales de 2016: Pablo Echenique había mantenido a un trabajador sin contrato ni Seguridad Social.
El proceso se inició tras la demanda iniciada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) contra Pablo Echenique por no dar de alta ni cotizar por el trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social dentro del Sistema Especial Empleados de Hogar entre las fechas del 16 de marzo de 2015 al 30 de abril de 2016. En otro periodo, entre septiembre de 2011 y junio de 2012, también se cometió la irregularidad, pero la sanción se circunscribe sólo a la segunda etapa, puesto que han transcurrido más de cuatro años desde el primer incumplimiento legal y, por tanto, esa parte ha prescrito.
Tras la primera sentencia, la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) desestimó el recurso presentado por el dirigente de Podemos en enero de 2019. Entonces Pablo Echenique aseguró que iba a recurrir ese fallo del TSJA. Sin embargo, ha desistido de litigar en el TS. Esa resolución judicial exponía que el recurso presentado por Echenique «no demuestra el error probatorio de la sentencia de primera instancia» y que la relación del dirigente de Podemos con su asistente personal era laboral porque «no hay ninguna norma que excluya del ámbito laboral a dichos trabajadores».
Echenique aseguró que era una sentencia «injusta» y que no quería pagar la sanción impuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social de más de 1.000 euros. Consideraba que se sentaba un precedente que podría perjudicar a otros miles de asistentes de personas con dependencia. «Llegaré hasta donde haga falta», afirmó. Fuentes del equipo del diputado apuntaron que «cualquier ciudadano tiene derecho a defenderse contra sanciones que considere injustas» pero también en defensa de «miles de familias de dependientes en España que se encuentran en la misma situación».
«Sería injusto que una sentencia firme abriera la puerta a sancionar a todas ellas por hacer algo de sentido común y que avala la propia Ley de Dependencia», esgrimieron desde el entorno de Echenique. «El fallo abre la puerta a sancionar injustamente» a miles de familias en estas circunstancias y que «quedarían en una situación de enorme indefensión e inseguridad jurídica», señalaron culpando de la precariedad laboral de estos trabajadores «al sistema».
Echenique asegura que los jueces se volvían a basar «en la misma premisa falsa que se arrastra desde el principio» el proceso, es decir, que la prestación de servicios a un particular durante menos de una hora al día y no todos los días «es por fuerza una relación trabajador-empresa o trabajador-empleador». «El propio sentido común indica que esto no se sostiene, ya que, si fuera así, todo el mundo debería contratar laboralmente a los fisioterapeutas, a los masajistas o a los profesores particulares de matemáticas que prestan servicio a domicilio de manera intermitente pero más o menos regular y estos deberían firmar un contrato laboral con cada uno de sus clientes simultáneamente», pusieron como ejemplo.
El cuidador era el que tenía la obligación de tributar y de cotizar, sostenía Echenique para echar balones fuera. «Por ello la sanción administrativa sería nula por carecer de base», argumentó.
Hechos probados
En los hechos probados de la sentencia se describe que Pablo Echenique era perceptor de una prestación económica de cuidados en el entorno familiar. Primero tuvo a una empresa contratada por 11,40 euros la hora, más un 8 % de IVA. Pero, dos años después, la empresa comunicó al hoy diputado que, tras cambiar de propietario, iba a prescindir de los servicios de ayuda a domicilio. Entonces el dirigente morado y su auxiliar, Eduardo P.S., mantuvieron la relación en los mismos términos existentes hasta ese momento en cuanto a las actividades del asistente, sin la intervención de la compañía.
Para la realización de su trabajo, el asistente no tenía que llevar equipo ni uniforme, ya que se dedicaba a la asistencia personal de ayuda a Echenique. No realizaba tareas de fisioterapia, rehabilitación, preparación y/o toma de medicación ni consta que este trabajador tuviera una habilitación o capacitación profesional para estas actividades. Aunque la relación cliente-auxiliar continuó, esta no se formalizó por escrito. Echenique pagaba a su auxiliar lo mismo que previamente, pero en efectivo los días trabajados, sin documento justificativo de estos pagos.
Entonces, Echenique intentó atribuir toda la responsabilidad al trabajador, algo que la Justicia ha rechazado rotundamente. Considera que existió una relación laboral, por lo que Pablo Echenique tendría que haber dado de alta a su asistente en el régimen de empleados de hogar, en el que cotizan los trabajadores que asumen el cuidado de dependientes, como es su caso.
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