España
Exhumación de Franco

La Justicia paraliza el permiso del Ayuntamiento de El Escorial para la exhumación de Franco

El juez ordena la suspensión cautelar del informe del Ayuntamiento de El Escorial que admitía las actuaciones urbanísticas para exhumar a Franco.

Nuevo revés al Gobierno de Pedro Sánchez en sus planes para exhumar a Franco. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid ha ordenado «la medida cautelar urgente de suspensión del informe preceptivo del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial», de fecha 26 de noviembre de 2018, «por el que se declaran admisibles las actuaciones urbanísticas remitidas por el Ministerio de Justicia» para la exhumación del dictador. El Consistorio, gobernado por la plataforma vecinal ‘Vecinos por San Lorenzo’ -apoyado en su investidura por Podemos, PSOE y Ciudadanos- avaló las actuaciones para exhumar a Franco, y catalogó los trabajos de ‘obra menor’, como había indicado Patrimonio Nacional.

Dichas actuaciones, se explica en el auto, consisten en el «levantado del pavimento de mármol, retirada de la losa de piedra que cubre la sepultura de Francisco Franco, su traslado a otro lugar, y formalización de muretes para el apoyo del forjado del hueco excavado mediante la colocación de rasillones y capa de compresión, todo ello en el interior de la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos». El Ayuntamiento dispone ahora de un plazo de tres días para presentar alegaciones.

«2.000 kg de peso»

El auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, subraya el «riesgo evidente» de las actuaciones para sacar al dictador de su tumba, puesto que «se trata de remover unas losas de mármol, que a su vez tapan una losa de granito de, al parecer, 2.000 Kgs. de peso».

«Y no hace falta ser arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero ni maestro de obras para percatarse de que ello es de por sí es algo complicado, difícil de manejar, y por tanto peligroso por el riesgo evidente, que no hace falta explicar, de caída, rotura o cualquier otro accidente que pueda ocurrir, y que a su vez pueda causar daños a las personas, sin duda un grupo no escaso de ellas, que tienen que realizar la citada maniobra», añade.

El juez matiza además que «no se aprecia especial urgencia» en la exhumación del dictador «puesto que lleva enterrado en la Basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos desde el día 23 de noviembre de 1975, es decir, más de 44 años». 

«Pone en peligro la vida humana»

El magistrado se remite al dictamen pericial en el que los arquitectos José Ismael de la Barba Palacio y Enrique Porto Rey consideran que «falta un riguroso análisis de la seguridad, estabilidad e instalaciones subterráneas que pudieran existir bajo la sepultura de Francisco Franco».

«El movimiento de la losa de piedra, que hay que recordar que es de 2.000 kgs. de peso aproximadamente, puede desestabilizar el conjunto, al menos en la autorizada opinión de dos profesionales en la materia», prosigue el auto.

El juez destaca, remitiéndose al mismo informe, que el proyecto remitido al Ayuntamiento de El Escorial carece de un estudio que contemple “la ejecución de un forjado, prevea una cimentación de los muros de carga del forjado, y, además, se designen unos responsables en la dirección de las obras y especialmente en la seguridad de la misma, puesto que la Memoria Valorada no redacta ni Estudio de Seguridad ni Estudio de Tratamiento y Eliminación de residuos”.

«Es decir, que en opinión de los dos Arquitectos referidos no se ha hecho un estudio serio y riguroso de la seguridad de toda la operación».

Por ello, determina, «no tiene sentido lógico ni jurídico alguno que una obra, cuya urgencia, como ya se ha dicho en el fundamento 5o, es al menos discutible, pueda atentar contra uno de los pilares del Estado social y democrático de Derecho en que se constituye España, según el artículo 1o de la misma Constitución, esto es, poner en peligro la vida humana, y por tanto, mientras existan dudas acerca de las condiciones de seguridad, dentro de lo racionalmente posible, de la obra que se proyecta, procede la suspensión cautelar urgente de la misma». 

El Ayuntamiento remitió al Ministerio de Justicia, el pasado diciembre, su informe, no vinculante, para la retirada de los restos de Franco del Valle de los Caídos.

No cumple la legislación urbanística

Sin embargo, como reveló OKDIARIO, el documento no cumplía varios de los requisitos establecidos por la legislación urbanística para la ejecución de las obras y actuaciones necesarias.

Según el Catálogo de bienes protegidos del Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial, el Valle de los Caídos tiene reconocido, en la Ficha urbanística I-40, un grado de protección integral global que limita las intervenciones en el conjunto monumental “únicamente” a permisos para “obras de rehabilitación y mantenimiento, siendo necesario para el resto de las obras la elaboración de un Plan Especial que valore el impacto de las obras e instalaciones que se pretendan; el citado Plan Especial podrá contemplar actividades no ligadas al medio natural las cuales no podrán localizarse de no aprobarse éste”.

Sin embargo, las obras que el Gobierno de Pedro Sánchez pretende acometer no tienen la condición de “rehabilitación y mantenimiento”, sino que se trata de obras de recuperación cuyo objeto es revertir la situación del pavimento de una parte de la Basílica a su situación original previa al mes de noviembre de 1975.