La Ley de Bienestar Animal obliga a cambiar las cabalgatas: algunos Reyes Magos tienen que ir a pie
La Ley de Bienestar Animal ha obligado a cambiar las cabalgatas de los Reyes Magos: en algunas sus Majestades de Oriente han tenido que ir a pie, ya que algunos ayuntamientos han descartado utilizar los tradicionales camellos y dromedarios. En otros municipios, se ha visto a los Reyes Magos llegar en tractores, coches o catamaranes.
En Gijón (Asturias), la alcaldesa de Foro Asturias Carmen Moriyón ha decidido prescindir de los dromedarios por temor a incumplir la Ley de Bienestar Animal ante un informe de la secretaria municipal, que alertaba de los riesgos que suponía violar la Ley de Bienestar Animal.
«No vamos a exponernos a que el gran trabajo que se ha hecho desde Divertia de cara a ofrecer una cabalgata espectacular se vea empañado por posibles denuncias promovidas desde lo ideológico», ha indicado la alcaldesa de Gijón, Carmen Moriyón, después de que el PSOE de Gijón haya solicitado el acceso al expediente de contratación de los dromedarios y ha manifestado que la presencia de estos animales suponía un «retroceso innecesario» y «generaba riesgos, ya que estos podían asustarse ante las aglomeraciones».
Por ejemplo, este año los Reyes Magos han tenido que recorrer en otros lugares como Béjar y Guijuelo (Salamanca) subidos en carrozas, mientras en Ledesma sus Majestades de Oriente han decidido visitar a los niños en coches clásicos.
Desde la Dirección General de Derechos de los Animales, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, se ha señalado que los camellos, dromedarios y caballos de las cabalgatas están «excluidos» al ser denominados «animales de producción». Por ello, «estarían permitidos para las cabalgatas».
Según la redacción de la Ley de Bienestar Animal, esta norma tiene por objeto «establecer el régimen jurídico básico en todo el territorio español para la protección, garantía de los derechos y bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad», entendiendo por derechos de los animales «su derecho al buen trato, respeto y protección, inherentes y derivados de su naturaleza de seres sintientes».
Sin embargo, en el artículo 65.5 se establece que «se prohíbe el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones, en las que se mantenga al animal de forma incompatible con su bienestar, dadas las características propias de su especie, o inmovilizado durante la duración del evento».
Hasta 200.000 euros de multa
En caso de que se incumpla ley anteriormente citada, aprobada el pasado 29 de septiembre, se puede multar con entre 500 y hasta 200.000 euros. La utilización de camellos y otros animales en estas cabalgatas no está prohibida, pero sí depende del trato que se dispense a los animales. Una ley que ha sido controvertida desde antes de ser aprobada, que destaca, entre otras, por la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros o la prohibición de tener algunas mascotas en casa, como conejos o serpientes.
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