España
Tribunal Supremo

El jurista de Podemos Pérez Royo dirigió la tesis del juez que ha fallado a favor de Iglesias frente a Inda

Su director de tesis fue anunciado como candidato del partido que fundó Pablo Iglesias pero renunció a última hora

Rafael Sarazá Jimena, el magistrado del Tribunal Supremo que ha condenado a OKDIARIO por informar sobre los pagos de Venezuela a Pablo Iglesias, realizó su tesis doctoral bajo la dirección del catedrático de Derecho Constitucional Francisco Javier Pérez Royo, quien fue anunciado como candidato de Podemos al Congreso por Sevilla en las elecciones generales de 2015 aunque renunció a última hora «por motivos personales». En todo caso se ha significado públicamente durante años a favor de la formación fundada por Iglesias.

El trabajo académico de Sarazá Jimena se tituló Jueces, derechos fundamentales y relaciones entre particulares. Fue elaborado en 2008 desde la Universidad de La Rioja bajo la dirección del profesor Pérez Royo, catedrático en de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla.

Pérez Royo ha mantenido una relación estrechísima con Podemos desde la fundación del partido. Iglesias ha compartido varios actos con él impulsados por el partido morado. También han escrito un libro juntos y compartido entrevistas.

El constitucionalista ha realizado numerosas apariciones públicas respaldando las posiciones de Pablo Iglesias. Sus artículos de opinión en distintos medios de comunicación han defendido sistemáticamente las tesis del líder de Podemos.

La vinculación entre director de tesis y doctorando se remonta a 2006. Ese año, Sarazá Jimena inició su investigación doctoral. El tribunal que aprobó la tesis estuvo presidido por Lorenzo Martín-Retortillo Baquer. Actuaron como vocales Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, Manuel Medina Guerrero y Juan Luis Requejo Pagés.

Javier Pérez Royo en un acto de Podemos.

Sentencia Iglesias-Inda

La sentencia dictada por Sarazá como ponente condena a OKDIARIO a indemnizar con 18.000 euros a Pablo Iglesias. El fallo rechaza la petición del político, que reclamaba 250.000 euros.

La resolución considera que dos artículos publicados en mayo de 2016 constituyeron una «intromisión ilegítima» en el honor de Iglesias. OKDIARIO informó entonces sobre documentos relacionados con presuntos pagos del gobierno venezolano al fundador de Podemos. Las autoridades españolas investigaron efectivamente esos documentos. La policía los consideró objeto de análisis.

Sin embargo, Sarazá entiende que el medio erró a la hora de presentar la información en uno de los artículos. Según la sentencia, OKDIARIO atribuyó incorrectamente a las autoridades españolas la idea de que habían comprobado de autenticidad de los documentos. Sin embargo, OKDIARIO, en una noticia que se enlazaba, hablaba de «informaciones preliminares».

Absolución de Echenique

Esta no es la primera vez que Sarazá participa en resoluciones judiciales con protagonistas de Podemos. En octubre de 2022 absolvió a Pablo Echenique por acusar públicamente de cometer una violación a un hombre que fue asesinado y nunca fue condenado por ese delito.

El caso se remonta a marzo de 2019. Echenique ofreció una rueda de prensa. Un periodista le preguntó sobre Pilar Baeza, candidata de Podemos a la alcaldía de Ávila. Baeza había sido condenada como cómplice del asesinato de un hombre en 1985. Echenique afirmó: «Hablamos de hechos que tuvieron lugar hace 35 años, que se refieren a una mujer que fue violada».

Nunca existió condena alguna por violación contra esa persona. El hombre fue asesinado. Baeza resultó condenada por complicidad en ese crimen. La Audiencia Provincial de Madrid había condenado solidariamente a Echenique y al ex dirigente de Podemos Juan Manuel del Olmo. Debían pagar 80.000 euros al hermano del fallecido.

La sentencia de Sarazá anuló parcialmente esa resolución. Absolvió completamente a Echenique. El tribunal valoró que las declaraciones se habían realizado «oralmente y como respuesta a una pregunta que un periodista le formuló en una rueda de prensa». Esa diferencia de matiz salvó a Echenique.

Trayectoria del magistrado

Rafael Sarazá Jimena nació en Córdoba el 16 de octubre de 1960. Es hijo del abogado Rafael Sarazá Padilla, edil comunista en la capital cordobesa durante la transición democrática. El magistrado ingresó en la carrera judicial con 24 años. Desarrolló su carrera en Canarias, País Vasco y Andalucía.

Perteneció a la asociación judicial Jueces para la Democracia hasta julio de 2016. Esta organización es considerada próxima a posiciones de izquierda. Accedió a la Sala Primera del Tribunal Supremo en octubre de 2012. Fue nombrado por el Consejo General del Poder Judicial. Cosechó 13 de 21 votos.

Contenido de la tesis

La tesis doctoral de Sarazá dirigida por Pérez Royo aborda la eficacia de los derechos fundamentales en las relaciones entre particulares. Se trata de la denominada Drittwirkung, concepto de origen alemán.

El trabajo analiza cómo los derechos fundamentales, tradicionalmente concebidos para proteger a los ciudadanos frente al Estado, también tienen efectos en las relaciones entre particulares. La investigación estudia el papel del juez ordinario en la tutela de los derechos fundamentales. Examina igualmente la función del Tribunal Constitucional.

Uno de los aspectos centrales es la aplicación directa de los derechos constitucionales por los tribunales. Sarazá examina en su trabajo hasta qué punto los jueces pueden aplicar directamente la Constitución cuando falta desarrollo legislativo. La tesis tiene 889 páginas y fue depositada en febrero de 2018 en el repositorio de la Universidad de Sevilla.

Efecto amedrentador

La sentencia reconoce la existencia de la investigación policial. Admite que los periodistas contrastaron la información con fuentes policiales. No obstante, considera insuficiente esta diligencia para amparar la publicación. Establece un estándar de exigencia elevado para la prensa cuando informa sobre investigaciones en curso que es imposible conocer cómo acabarán.

Esta deriva resulta especialmente preocupante cuando el magistrado que dicta la sentencia tiene vínculos académicos estrechos con un profesor que es afín del partido del político beneficiado por el fallo. Una situación que, cuanto menos, suscita interrogantes sobre la recusación del juez y la apariencia de imparcialidad que debe presidir toda actuación judicial.