Juicio de ‘la patada en la puerta’: la acusación pide que los vídeos sean considerados prueba ilícita
Los policías que actuaron en la fiesta del piso de la calle Lagasca (Madrid) durante el Covid grabaron la intervención
La acusación considera que podrían haber cometido un presunto delito de revelación de secretos por grabar sin consentimiento
Continúa el juicio de la patada en la puerta en el que seis policías están siendo investigados por un presunto delito de allanamiento de morada tras irrumpir en un piso durante una fiesta celebrada en la etapa más dura de las restricciones Covid. Tras la vista oral del pasado miércoles, el abogado de la defensa de la acusación, Juan Gonzalo Ospina, pedirá que las imágenes grabadas por los agentes constituyan una prueba ilícita. Además, el letrado penalista considera que los policías podrían haber cometido un presunto delito de revelación de secretos por haber grabado imágenes de la vivienda sin consentimiento.
Los policías que irrumpieron en el piso durante la fiesta grabaron la intervención con sus cámaras corporales. La acusación asegura a este periódico que las cámaras de los chalecos eran grabaciones «personales» no oficiales. Para sustentar dicho argumento se fundamentan en notas internas de la Dirección General de la Policía —en posesión de este periódico— en las que se prohíbe el uso de cámaras mientras no sea expresamente autorizada su incorporación al equipamiento policial. Además, en estas circulares enviadas a los policías se establece que los agentes no podrán enviar las grabaciones a través de medios y redes sociales.
La intervención se produjo en la vivienda de la madrileña calle Lagasca en la madrugada del 21 de marzo de 2021. La acusación particular pide que se condene a los agentes a dos años y medio de prisión e inhabilitación por un delito de allanamiento de morada, mientras que la Fiscalía pide la absolución. La Audiencia Provincial de Madrid dirimirá con jurado popular la decisión a adoptar.
Declaran los policías
La Audiencia Provincial de Madrid ya ha llamado a testificar a los seis policías involucrados en el juicio de la patada en la puerta. El subinspector, que fue quien dio las órdenes a los otros cinco subordinados, declaró en sede judicial que la casa «no era un domicilio, sino un sitio dedicado a organizar fiestas parecido a un local de alterne». Además, el agente de la Policía Nacional declaró en sede judicial que «ese piso era una pocilga dedicada a dar fiestas en pleno Covid».
El resto de agentes también mantienen en sus testificales que el «piso discoteca» se dedicaba a organizar una fiesta ilegal tras otra. El jefe del operativo insiste en que la ley le respaldaba para abrir por la fuerza el piso sin una orden judicial, ya que los participantes en la fiesta estaban cometiendo un delito flagrante. Sin embargo, el letrado de la acusación recalca que, por ejemplo, en casos de okupación no se puede entrar a la vivienda sin orden judicial.
La estrategia de la defensa ejercida por el despacho Ospina Abogados pasa por demostrar que «la actuación policial fue excesiva y por encima de la legalidad». Los letrados aseguran que estas actuaciones sólo eran posibles en supuestos de «extrema urgencia», como aquellos en los que la vida de las personas esté en riesgo. Además, antes de intervenir se debe informar al Centro Inteligente de Coordinación de Mando y Control (Cimacc) y los letrados de la acusación aseguran que esto no sucedió.