España
'Caso Begoña Gómez'

El juez tumba los recursos de Begoña Gómez, su asesora y Barrabés: confirma el juicio con jurado

La causa seguirá por tráfico de influencias, corrupción, malversación y apropiación indebida

Todavía la Audiencia Provincial tendrá que resolver recursos contra este nuevo auto de Peinado

El magistrado Juan Carlos Peinado ha desestimado este martes los recursos de los tres investigados en el caso que afecta a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, y ha confirmado que la causa continuará su tramitación ante un Tribunal del Jurado.

El juez ha concluido que existen indicios suficientes de la comisión de los delitos de tráfico de influencias, corrupción en el sector privado, malversación de caudales públicos y apropiación indebida, y ha rechazado los argumentos de las defensas que pedían el sobreseimiento de las actuaciones y cuestionaban la competencia del jurado popular.

El auto, dictado por la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza número 41, resuelve los recursos de reforma interpuesto por las representaciones procesales de Juan Carlos Barrabés, Begoña Gómez y Cristina Álvarez contra la resolución de 20 de marzo de 2026.

El Ministerio Fiscal había adoptado una postura ambivalente: se adhirió parcialmente al recurso y consideró que procedía el sobreseimiento, aunque reconoció que los delitos de malversación y tráfico de influencias sí correspondían al Tribunal del Jurado.

Las acusaciones populares —Vox, Manos Limpias, HazteOír, Iustitia Europa y el Movimiento de Regeneración Política de España— se opusieron al archivo y defendieron la existencia de indicios suficientes para continuar. Ahora se les da la razón por parte del juez instructor. Queda por saber qué dice la Audiencia Provincial de Madrid ante los más que seguros recursos de apelación que se presentarán.

Tráfico de influencias

El núcleo del auto descansa en el análisis del delito de tráfico de influencias, que el juez sitúa como el eje sobre el que pivotan el resto de los ilícitos investigados. Peinado sostiene que existen indicios verosímiles de que Begoña Gómez Fernández se habría prevalido de su relación personal con el presidente del Gobierno para obtener resoluciones favorables en el ámbito universitario y empresarial.

Entre los indicios que el magistrado detalla figura la reunión celebrada en el Palacio de La Moncloa entre Begoña Gómez y el rector de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), así como la frase que el vicerrector de Relaciones Institucionales, Juan Carlos Doadrio, habría recibido: «me llamó y me dice que tengo que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente».

El auto recoge, además, la «rapidez con la que fue tramitada la creación de la Cátedra», extremo que el propio Doadrio habría resaltado en su declaración.

El juez describe una secuencia de hechos que arranca con el registro de la marca TSC —Transformación Social Competitiva— el 2 de marzo de 2020, antes incluso de que se formalizara la cátedra universitaria, y culmina con la constitución, como desveló OKDIARIO, el 21 de noviembre de 2023 de la sociedad mercantil Transforma TSC, S.L., de la que Begoña Gómez Fernández es administradora única y socia exclusiva.

Registro de Transforma TSC S.L.

En cuanto al software desarrollado en el seno de la cátedra con fondos de Indra (128.442 euros), Telefónica (50.000 euros) y Google (110.000 euros), el auto apunta indicios de apropiación indebida.

La plataforma digital, desarrollada en el marco institucional de la UCM, habría sido alojada en el dominio transformatsc.org, cuya titularidad fue transferida el 13 de julio de 2023 a nombre de Begoña Gómez.

El 6 de octubre de 2022, la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) envió a las investigadas un contrato de cesión de derechos a favor de la Universidad; cuatro días después, Begoña Gómez solicitó a título personal el registro de la marca que incorporaba ese mismo dominio.

Transforma TSC en el Ministerio de Industria.

El papel de Cristina Álvarez

La tercera investigada, Cristina Álvarez, personal eventual adscrita a la Presidencia del Gobierno, aparece en el auto como cooperadora necesaria en varios de los delitos.

El magistrado documenta su intervención en reuniones con Google, Telefónica, Indra, Deloitte y otras empresas, así como en las gestiones ante la OTRI, y recoge que distintos testigos la identificaron como integrante del equipo de la cátedra. En un correo del 7 de septiembre de 2022, la propia Álvarez Rodríguez firmó como «colaboradora de la Cátedra TSC UCM».

Respecto a la malversación, el juez aplica la doctrina de la accesoriedad limitada para sostener que Begoña Gómez Fernández, pese a no ser funcionaria en sentido estricto, habría actuado como inductora y cooperadora necesaria del desvío de recursos públicos, incluido el trabajo de una empleada retribuida por la Presidencia del Gobierno dedicada a tareas de interés privado.

En paralelo, el mismo día 5 de mayo, Peinado ha dictado otras resoluciones relevantes en la misma causa. Ha desestimado el recurso de Manos Limpias y Vox que cuestionaban la obligación de que las acusaciones populares actúen con representación unificada, confirmando así un criterio ya fijado por la Audiencia Provincial.

Y ha rechazado el recurso de la Fiscalía contra la diligencia que encomienda a la UCM informar sobre la titulación exigida para suscribir los pliegos técnicos del software.

Además, ha dado traslado a las defensas para que presenten sus escritos de conclusiones provisionales en un plazo de cinco días, un paso que acerca la causa a la fase de juicio oral.

La causa, que comenzó como diligencias previas en 2024, ha sobrevivido hasta ahora a todos los intentos de archivo y a sucesivos recursos ante la Audiencia Provincial. Será ese órgano quien tenga la última palabra sobre la celebración del juicio.