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Tribunales

La juez concluye que el acosador Salazar estuvo enchufado en Dos Hermanas hasta que Sánchez se lo llevó a La Moncloa 

El alcalde era Toscano, 'padre político' de Sánchez, y la decisión fue aprobada, por unanimidad, por la Junta de Gobierno

La juez ha concluido que Paco Salazar, ex diputado del PSOE acusado de acoso sexual y actitudes machistas, fue colocado a dedo en 2012 en el Ayuntamiento sevillano de Dos Hermanas, donde estuvo cinco años cobrando un sueldo, hasta que en junio de 2017 pidió una excedencia forzosa tras ser nombrado secretario de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE. Posteriormente, en 2019, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se lo llevó a La Moncloa como asesor.

La juez ha dictaminado en un auto dictado esta semana y al que ha tenido acceso OKDIARIO, que hubo prevaricación administrativa en su contratación en julio de 2012 como empleado público, en calidad de técnico municipal.

Dos Hermanas, feudo socialista por excelencia en Andalucía, estaba regido entonces por Francisco Toscano Sánchez, considerado el «padre político» de Sánchez y alcalde de esta ciudad sevillana 39 años, de 1983 a 2022. La selección de Salazar fue aprobada por la Junta de Gobierno Local, por unanimidad.

De esta forma, la magistrada María del Valle Rivera Rodríguez ha dado la razón a Vox, que se querelló contra Toscano y Salazar en junio de 2025.

Según informa Vox, Salazar estuvo cobrando durante todos esos años una nómina de unos 2.000 euros de este ayuntamiento, hasta que en 2017 puso rumbo a Madrid. Primero estuvo trabajando en la calle Ferraz, apoyando la campaña de Pedro Sánchez en las primarias del PSOE, y posteriormente en la Moncloa como alto cargo del gobierno.

Salazar, estrecho colaborador de Sánchez, renunció en julio de 2015 a la nueva Ejecutiva del PSOE tras las acusaciones de acoso sexual de varias mujeres del partido, subordinadas.

Enchufismo, «práctica habitual del PSOE»

La querella de Vox fue articulada por Marta Castro, vicesecretaria nacional jurídica del partido, y Fernando Rodríguez Galisteo, miembro del equipo jurídico.

«Gracias a esta querella de Vox se ha podido constatar un caso más de corrupción socialista en Andalucía, de enchufismo, práctica habitual del PSOE durante los 40 años que ha estado gobernando la Junta, y en un feudo socialista como es Dos Hermanas», declara a OKDIARIO Rodríguez Galisteo, señalando que en el caso Faffe, donde Vox también está personado, se investiga a 83 personas, todas ellas cargos del PSOE en Andalucía, también por presunto enchufe.

Rodríguez Galisteo destaca que «cuando Pedro Sánchez fue defenestrado en el PSOE en la época de Alfredo Pérez Rubalcaba, y se volvió a presentar a las elecciones a secretario general compitiendo con Susana Díaz, el máximo valedor y padre político de Sánchez fue el entonces alcalde de Dos Hermanas, Francisco Toscano».

«El regidor llevó a Sánchez a hacer un mitin a esta ciudad y empezó a buscarle avales en contra de Susana Díaz, heredera de Chaves y Griñán. Cuando Pedro Sánchez, con la ayuda de Toscano, ganó, la mano derecha que tenía Toscano en el ayuntamiento era Salazar. Y Toscano, como premio, le mandó a su hombre de confianza a Ferraz y lo convirtió en mano derecha de Sánchez», apunta Rodríguez, indicando que desde entonces «Salazar es la persona que hace de enlace entre Toscano y Sánchez».

Empleos de lo más variopinto

Según la resolución, fue seleccionado para ocupar el cargo que hasta la fecha ostentaba otra persona en Dos Hermanas, si bien finalmente «acabó desempeñando funciones de enlace entre el consistorio y las empresas que gestionaban el Gran Hipódromo de Andalucía, así como laborales de mantenimiento y supervisión del hipódromo, y del parking subterráneo del Arenal y el de la Plaza de Abastos». La juez lo ha determinado así a raíz de lo declarado por testigos y compañeros de Salazar ante la UCO.

Por ejemplo, uno de los testimonios señala que «se encargaba del mantenimiento de las cuadras y de ser la figura de enlace entre el ayuntamiento y las empresas instaladas en el hipódromo», mientras que otro sostiene que «Salazar era el encargado de controlar el buen funcionamiento de las instalaciones del hipódromo, si bien pese a ello realizaba más funciones relacionadas con la representación institucional que de encargado del mantenimiento».

Otra persona indicó que «si bien no estaba físicamente en el hipódromo, al residir en Madrid, acudía a las carreras y esos días veía a Salazar con los políticos del consistorio, por lo que entendía que era el entre éste y las empresas Apuesta Mutua Andaluza y Apuesta Hípica Deportiva Iberia».

Por su parte, otro de los testimonios recabados afirmó que Salazar «actuaba como un filtro del ayuntamiento ante las necesidades que ellos le planteaban».

Vox respeta la resolución, pero le «sorprenden» los diferentes trabajos que tenía Paco Salazar. «No nos cuadra que la mano derecha del alcalde se dedicara a limpiar las cuadras, por ejemplo», afirma Rodríguez Galisteo.

No hubo proceso de selección

La magistrada destaca en el auto que en la contratación de Salazar se prescindió de los trámites esenciales del procedimiento de selección, al «no haberse convocado un proceso que observara los principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia, imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección», lo que «desembocó en un resultado injusto, al no permitir la participación de otros candidatos, quizás, más aptos para el puesto ofrecido».

Y por «no haberse articulado el mismo por los cauces legales pertinentes», a través de una oferta de empleo pública.

En consecuencia, sentencia que la resolución adoptada por la Junta de Gobierno Local sobre la contratación de Paco Salazar «es, a todas luces, contraria a Derecho».

Merecedora de reproche penal

«Con tal decisión, se materializó la voluntad particular y contraria a Derecho del señor Toscano y/o miembros de la Secretaría de Intervención del consistorio y/o componentes de la Junta de Gobierno Local, al ser las personas encargadas de emitir informes previos y dar el visto bueno a los expedientes que, posteriormente, eran elevados a la Junta de Gobierno Local para su aprobación», agrega la  titular del Juzgado de Instrucción 7 de Dos Hermanas.

Y sostiene que esta contratación «fue merecedora de reproche penal». Sin embargo, señala que este delito, castigado con una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de siete a diez años, está prescrito, ya que la querella fue presentada habiendo transcurrido más de 13 años desde su presunta comisión y al tener que aplicarse al reo la normativa más favorable. Por ello, acuerda el sobreseimiento y archivo de la causa.

La magistrada también expone que, según la investigación de la UCO, parte del personal del consistorio declaró que para la selección de Salazar, «previamente, se obtuvo una lista de candidatos procedente del SAE, si bien el Ayuntamiento no conservaba la documentación sobre la información referente a los candidatos».

Además, apunta que en 2012 el SAE gestionó 22 ofertas de empleo presentadas por este ayuntamiento, pero en ninguna de ellas aparece el puesto para el que fue designado Salazar ni su nombre. También indica que en el informe emitido por el SAE sobre el contrato suscrito por el consistorio con Salazar declaró que no le constaba «ninguna oferta de empleo asociada al mismo».

Otros dos delitos

Vox también dirigió la querella contra Salazar por un supuesto delito de malversación y contra Toscano por tráfico de influencias. En su escrito exponía que, pese a la relación laboral en el consistorio de Dos Hermanas, Salazar «no asistía a su puesto de trabajo, incumpliendo las obligaciones inherentes y recibiendo el pago de una nómina por servicios que no prestaba».

Sin embargo, la magistrada afirma que las diligencias analizadas «no permiten acreditar la inexistencia absoluta de actividad laboral por parte de Salazar», al haber quedado contrastado que éste, «con mayor o menor intensidad, ejercía las funciones de enlace entre el Ayuntamiento y las empresas que gestionaban el Gran Hipódromo de Andalucía, así como que acudía regularmente a sus instalaciones».

Respecto al tráfico de influencias, la juez explica que tampoco ha quedado consolidado que el alcalde ejerciera influencia alguna sobre todos o parte de los componentes de la Junta de Gobierno Local para que aprobaran la selección de Salazar.

«De no estar prescrito el delito de prevaricación administrativa que recoge la querella, tendrían que haber sido procesados con una pena de inhabilitación de siete años, como mínimo, tanto el alcalde como la Junta de Gobierno Local por haber prescindido de todos los trámites legales para la contratación de Salazar», concluye Vox, celebrando que la Justicia haya determinado que tendría que haber habido reproche penal.