España
Juicio del 'procés'

Los golpistas presos comenzarán a salir de la cárcel en cuestión de meses

Los 'Jordis', líderes de las entidades separatistas ANC y Ómnium Cultural, serán los primeros beneficiados de los permisos penitenciarios, a partir del próximo día 14 de enero.

99 años de cárcel para los golpistas: 13 años para Junqueras, 11 años y medio para Forcadell y 9 para ‘los Jordis’

Los nueve golpistas encarcelados tras la sentencia del Tribunal Supremo en el juicio del ‘procés’ han sido clasificados como presos en segundo grado penitenciario en las cárceles catalanas donde cumplen condena: Lledoners (Barcelona), Puig de les Basses (Gerona) y Mas d’Enric (Tarragona). La decisión que se ha hecho pública este miércoles, ha sido acordada por las Juntas de Tratamiento de las tres prisiones, sin unanimidad y les permitirá disfrutar de la libertad, en los próximos meses.

Así lo ha explicado en rueda de prensa el secretario de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la víctima de la Consejería de Justicia catalana, Amand Calderó. Pese a que la propuesta no es firme, ya que el régimen establecido debe contar con el respaldo del Departamento de Justicia de la Generalitat -en un plazo máximo de dos meses- todo apunta a que no habrá obstáculos institucionales.

El segundo grado permite que, a partir del cumplimiento de una cuarta parte de la condena impuesta por el Tribunal Supremo los presos puedan disfrutar de los primeros permisos penitenciarios. Es decir, que en el caso de las condenas más bajas, algunos de los golpistas catalanes condenados por sedición y malversación empezarán a salir de la cárcel, a comienzos del próximo año. Los ‘Jordis’, que cumplen el plazo legalmente establecido como requisito, el próximo 14 de enero, serán dos de ellos.

El segundo grado es el régimen estándar. Y permite que los presos soliciten permisos de salida ordinarios -de hasta 36 días alternos al año- una vez satisfecha una cuarta parte de su pena.

Sin embargo, nada impide que la Generalitat recurra a la vía del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. La misma que ha permitido excarcelar a Oriol Pujol, tras poco más de dos meses en prisión.

Es decir, formalmente los políticos sediciosos del 1-O no han sido clasificados en tercer grado, o régimen de semilibertad, pero disfrutarán de beneficios similares en los próximos meses, y con ejecución inmediata, ya que la tramitación y aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario depende de procedimientos meramente administrativos.

Cabe la posibilidad de que la Fiscalía recurra la decisión de la Generalitat -eso sí, ante la Audiencia de Barcelona- en lo relativo a la concesión del régimen edulcorado del que ya disfruta Oriol Pujol y que, en todo caso, tiene que ser avalado por el juzgado de vigilancia penitenciaria. En caso positivo, los presos catalanes podrían disfrutar de su libertad durante todo el día, y con la única obligación de dormir en prisión, pero siempre que justifiquen sus salidas para llevar a cabo actividades de voluntariado en alguna ONG.