España
Caso García Ortiz

García Ortiz está obligado por ley a suspender a la fiscal jefe de Madrid mientras él se aferra al cargo

El Reglamento dispone la suspensión del fiscal de carrera ordinario si comete un delito en el ejercicio del cargo

La asociación mayoritaria de fiscales reclama que sea causa de cese del fiscal general el ser investigado por el Supremo

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tendrá que suspender en el cargo a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por haber abierto el Tribunal Supremo auto de procesamiento contra ella por delito de revelación de secretos, mientras que él, que también está procesado por el mismo delito y en la misma causa, se atrinchera en el puesto, algo totalmente inaudito.

Pocos minutos después de conocer este escándalo que supone el procesamiento del máximo responsable de la Carrera Fiscal -un hecho sin precedentes en la historia de España, al igual que el hecho de estar investigado-, desde la Fiscalía General han dejado claro que García Ortiz seguirá al frente de la institución.

El Reglamento del Ministerio Fiscal dispone en el artículo 145 que el titular de la Fiscalía General del Estado «podrá acordar motivadamente, con arreglo a los principios de presunción de inocencia y proporcionalidad, previa audiencia del interesado y de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal, la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal».

El citado precepto añade que dicha suspensión se acordará, en todo caso «cuando se dicte auto de apertura de juicio oral o de prisión por delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas» y «cuando por cualquier otro delito doloso se hubiere dictado auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento».

Y éste último es el escenario en el que se encuentran tanto Pilar Rodríguez como García Ortiz desde este lunes, 9 de junio, tras dictar el magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo Ángel Luis Hurtado auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado contra el fiscal general y la fiscal jefe provincial de Madrid, al considerar «confirmados los indicios de presunto delito de revelación de secretos» contra ambos respecto a Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La suspensión podrá ser alzada por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, de oficio o a instancia del interesado, si varían las circunstancias que motivaron su adopción, tras oír a la Comisión Permanente del Consejo Fiscal y, en su caso, al propio afectado. Se alzará, en todo caso, si la causa concluye con sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento o archivo.

La AF exige la dimisión de Ortiz

La Asociación de Fiscales (AF), la mayoritaria en la carrera Fiscal, declara a OKDIARIO que es «absolutamente incomprensible, incongruente e incoherente» que García Ortiz deba suspender en el cargo a la otra procesada, la fiscal jefe de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el reglamento de la carrera fiscal a la espera del resultado del juicio oral (artículo 145), mientras él se aferra al cargo. 

Por ello, ha exigido por enésima vez la «dimisión inmediata» de García Ortiz. «Tiene que dimitir para no causar mayor daño reputacional a la institución», señala a OKDIARIO su presidenta, Cristina Dexeus. Además, subraya que  «con este panorama es imposible que el fiscal asuma la investigación de los delitos y esté al frente de la UCO, como se pretende por el Gobierno». 

La presidenta de la AF recalca que estamos ante «una situación inédita, insostenible, intolerable y que perjudica tremendamente al crédito de la Fiscalía, porque afecta a todo». Y que en la carrera «hay indignación y decepción por parte de la mayoría» y «se sufre cada vez que aparecen noticias, día sí y día también, relacionadas con la actuación del fiscal general».

A la vista de la realidad actual, la Asociación de Fiscales subraya que debe incluirse como causa de cese del fiscal general el supuesto de que sea investigado por el Tribunal Supremo, y reclama que haya participación del Consejo Fiscal previa al cese. 

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) y el Reglamento no prevé esta situación. Sí, en cambio, para el fiscal de carrera ordinario si comete un delito en el ejercicio de su cargo, como dispone la norma.

La AF también pone el foco en que en la nueva reforma estatutaria de la carrera fiscal que se está tramitando, y contra la que hay previstas movilizaciones para el próximo miércoles, 11 de junio, a las puertas de las sedes judiciales de toda España, «llamativamente, pese a la situación que estamos viviendo, no se prevé regulación alguna como causa de cese o de dimisión del fiscal general del Estado el hallarse investigado por el Supremo en causa penal».

«Si realmente la voluntad del legislador fuese la de potenciar la independencia e imparcialidad del Ministerio Fiscal, la regulación estatutaria comprendería este aspecto y establecería importantes contrapesos en la institución para evitar que el fiscal general del Estado goce de mayor poder que el que actualmente detenta», destaca Dexeus.

El cese del fiscal general a día de hoy se produce ante el incumplimiento grave, reiterado, de las funciones del cargo, que padezca una enfermedad que le impida desarrollar adecuadamente esas funciones, o cuando cesa el Gobierno que lo ha nombrado, causa que para la AF también debe ser suprimida.

«Exigimos un Poder Judicial y una Fiscalía alejados de la injerencia política», concluye la asociación mayoritaria de Fiscales. A última hora de la tarde este lunes, la Asociación de Fiscales ha difundido un comunicado en el que reitera «la necesidad de su dimisión». «Su permanencia en el cargo como encausado, compromete la integridad de la institución que representa y deteriora gravemente la imagen profesional de todos los integrantes de la Carrera Fiscal», sentencia.