La Fiscalía de Sánchez niega a Julio Iglesias el acceso a la denuncia falsa que le acusaba de agresión sexual
OKDIARIO accede al escrito en el que se deniega la petición de Julio Iglesias sobre acceder a la denuncia
La Fiscalía de Sánchez se niega a entregar al cantante Julio Iglesias las denuncias de sus ex empleadas que originaron unas diligencias preprocesales en la Audiencia Nacional que fueron archivadas por falta de competencia.
Según un escrito al que ha tenido acceso OKDIARIO, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, deniega la petición de la defensa de Julio Iglesias, que solicitó en reiteradas ocasiones acceder al sumario de las diligencias.
Alonso derivó la petición a la Fiscalía General del Estado, que preside Teresa Peremato, para que se pronunciase. Peramato fue elegida fiscal general del Estado por el Gobierno de España en sustitución de Álvaro García Ortiz tras ser condenado por revelación de secretos en el Tribunal Supremo.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional decidió acudir a la Fiscalía General del Estado para preguntar si Julio Iglesias podía acceder al expediente al considerar que había dudas sobre la colisión de lo dispuesto en la Circular Nº2/2022 sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal con lo dispuesto en los artículos 234, 235 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
La Fiscalía General del Estado ha concluido que «al margen de la persona sospechosa y de la víctima, no se permitirá el acceso a las actuaciones a quienes manifiesten, o incluso acrediten, tener un interés legítimo». Y matiza: «Nada impide, no obstante, que quien invoca un interés legítimo para acceder a los datos que se contienen en las diligencias de investigación, a fin de ejercitar los derechos que el ordenamiento jurídico reconoce, pueda solicitar a los órganos judiciales o administrativos –encargados de conocer de las respectivas demandas o reclamaciones– que recaben del Ministerio Fiscal los oportunos testimonios de sus diligencias de investigación».
Por ello, el Ministerio Público considera que no existe incompatibilidad alguna entre la conclusión transcrita y las normas legales que regulan el acceso a las actuaciones procesales.
«La imposibilidad de acceso por parte de terceras personas al contenido de las diligencias de investigación, aun cuando acrediten un interés legítimo, resulta justificado por el carácter reservado de las mismas y amparado en el art. 234 LOPJ. Si las actuaciones son reservadas —y resulta patente que las diligencias de investigación lo son—, este precepto legitima excluir el acceso de terceros», expone el fiscal jefe de la Audiencia Nacional en el escrito al que ha tenido acceso OKDIARIO.
Así, y en virtud de lo concluido por la Fiscalía General del Estado, y en aplicación del principio de unidad de actuación y dependencia jerárquica, que articula el funcionamiento del Ministerio Público en España, la Fiscalía considera que no procede acceder a la solicitud de entrega de la documentación pedida por parte de Julio Iglesias.
«Todo ello sin perjuicio de informarle que, de conformidad a lo establecido en la circular arriba citada, puede acceder a su contenido íntegro mediante solicitud realizada al órgano judicial encargado de conocer las eventuales pretensiones que se puedan formular por usted en esa vía, en cuyo caso se remitirá testimonio de las diligencias de investigación incoadas en esta Fiscalía», concluye el fiscal jefe de la Audiencia Nacional.
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