El Constitucional rechaza suspender el auto de Llarena que impide a Puigdemont ejercer un cargo público
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado no suspender la decisión que tomó en julio de 2018 el Tribunal Supremo que impide desde entonces al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ostentar un cargo público, de modo que no podrá ejercer estas funciones hasta que se dicte sentencia.
Puigdemont presentó un recurso de amparo en el Tribunal Constitucional contra el auto del instructor del Supremo Pablo Llarena que el 9 de julio de 2018 acordó suspenderle de funciones y cargos públicos, alegando que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales.
Más tarde, promovió un escrito en el que solicitó que con carácter urgente, se suspendiera el auto de Llarena cautelarmente, pero el Pleno del Constitucional rechazó el 15 de enero la iniciativa y ordenó abrir la pieza de suspensión que ahora, tras estudiar nuevas alegaciones, queda resuelta.
El Alto Tribunal entiende que en este momento procesal no se puede anticipar indebidamente el fondo de la cuestión, que será resuelto en sentencia, y aceptar la suspensión cautelar de la medida impugnada «equivaldría a anticipar un eventual fallo estimatorio del recurso de amparo y supondría inaplicar temporalmente una norma de rango legal, el artículo 384 bis de la Ley de enjuiciamiento criminal», en el que se basó Llarena.
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