La candidatura a lehendakari de Otegi, pendiente de la decisión de la Junta Electoral de Guipúzcoa
La candidatura a lehendakari de Arnaldo Otegi por EH Bildu para las próximas elecciones vascas del 25 de septiembre quedará en manos de la decisión de la Junta Electoral de Guipúzcoa, que proclamará el 29 de agosto los candidatos para los comicios autonómicos pertenecientes a su circunscripción.
La Fiscalía General del Estado anunció, tras la excarcelación del histórico dirigente de la izquierda abertzale el pasado 1 de marzo, su intención de informar a este organismo de las penas de inhabilitación a las que está condenado Otegi y que se prolongarán hasta el 28 de febrero de 2021.
Los candidatos a los comicios vascos tienen de plazo entre los próximos días 17 y 22 para registrar sus candidaturas. El Ministerio Público defiende que la condena por pertenencia a organización terrorista, en concreto por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través del proyecto Bateragune, convierte a Otegi en «inelegible».
En el caso de que la Junta guipuzcoana no comparta este criterio y proclame su candidatura a la Lehendekaritza, la Fiscalía cuenta con la posibilidad de recurrir ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa, que resolvería en dos días.
En caso de que el recurso fuera desestimado, la decisión se podría recurrir ante el Tribunal Constitucional, que tendría que decidir antes del inicio de la campaña electoral, que dará inicio a las 12 de la noche del día de 9 de septiembre.
Otegi fue condenado a 10 años de prisión y a dos inhabilitaciones, una especial para empleo o cargo público y otra de inhabilitación especial para el sufragio pasivo. Posteriormente, el Tribunal Supremo mantuvo en 2012 ambas inhabilitaciones aunque las redujo a una duración de seis años y medio.
La fecha de inicio del cómputo de esta condena no arrancó hasta septiembre de 2014, día siguiente a que cumpliera la pena de inhabilitación absoluta impuesta en un procedimiento anterior, su participación en 2005 en el homenaje al miembro de ETA José María Sagarduy en el municipio vizcaíno de Amorebieta.
Casos distintos
Las fuentes consultadas sostienen que el caso de Otegi es
distinto al del parlamentario vasco de la misma formación Iker Casanova, condenado en el caso Ekin por pertenencia a organización terrorista, contra el que pesaba una inhabilitación especial para empleo o cargo público. En ese caso, afirman que en la sentencia no se detallaron los puestos a los que no podía acceder.
«La pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo que le fue impuesta le impide ser elegido en cualquier proceso electoral, sea europeo, nacional o autonómico provincial o local, y la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público le impide ejercer cualquiera cargos públicos restantes aunque no se hayan precisado en la sentencia», precisa la Fiscalía, en referencia a Otegi.
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