Los argumentos del abogado de Puigdemont para defender a los etarras: «Era una joven veinteañera»
«Era activa en el movimiento de resistencia armada como joven veinteañera. Ahora es una activa mujer profesional de 55 años con una vida normal en Gante».
Ese fue uno de los principales argumentos de la defensa de la etarra Natividad Jáuregui, encabezada por el abogado Paul Bekaert-ahora asesor de Carles Puigdemont en Bruselas-para rebatir su extradición a España.
Así figura en el escrito de la Sala de Inculpación del Tribunal de Gante, que, en 2013, determinó la puesta en libertad de Jáuregui y el rechazo a dos órdenes europeas de detención por asesinato y terrorismo. Jáuregui era entonces miembro del ‘comando Vizcaya’ y estaba requerida por la Justicia española por su presunta participación en el asesinato a bocajarro del teniente coronel Ramón Romeo, en 1981. La etarra lleva desde entonces fugada de la Justicia, primero en México y después en Bélgica.
En el texto, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el tribunal fundamenta su rechazo a la orden de detención europea-algo entonces inédito- una vez oída la defensa de la etarra. La intervención estuvo plagada de argumentos inverosímiles. Además de justificar que Jáuregui era apenas una «veinteañera» cuando se cometió el asesinato, la defensa sostenía que su detención y extradición supondría una vulneración de los derechos fundamentales, en base a la represión de la que históricamente había sido víctima el País Vasco.
«Desde un punto de vista histórico, el País Vasco siempre ha sido una comunidad relativamente autónoma antes del inicio y durante la Guerra Civil española. El 17 de julio de 1936, el dictador Franco derrocó el gobierno legalmente elegido y protagonizó un golpe de Estado. Durante la Guerra Civil española, el País Vasco optó por el bando republicano contra Franco. Esto constituyó el inicio de una represión sangrienta contra los nacionalistas vascos», se puede leer en el escrito del tribunal.
Justifica la creación de ETA
En otro momento, incluso se llega a ‘justificar’ la creación de ETA con la pérdida del derecho de autodeterminación que, según la defensa, provocó «la invasión de las provincias vascas» durante el Franquismo.
«La región fue considerada como la provincia de los traidores y la población fue castigada. Perdieron el derecho de autoderminación. En reacción a la represión, se creó el 31 de julio de 1959 el movimiento movimiento de resistencia vasco ‘Euskadi ta Askatasuna’-compuesto principalmente por estudiantes que opinaban que el gobierno vasco en exilio se mostraba demasiado laxista».
La defensa sostuvo además que «la transición hacia la democracia fue un proceso paulatino, pero se mantuvo la represión a los vascos». «Los hechos ocurridos hace más de treinta años incriminados a la recurrente se sitúan en dicho marco», se añade.
Además, no dudan en afirmar que, en los ochenta, en España actuaban «escuadrones de la muerte que torturaban y asesinaban a vascos».
Jáuregui fue así puesta en libertad al considerar el tribunal que la ejecución del mandato europeo de detención «infringiría los derechos fundamentales, ya que los acusados de hechos criminales con móviles presumiblemente terroristas están sometidos en España a un régimen específico de privación de libertad en condiciones inhumanas que pueden ir acompañadas de torturas y un contacto muy limitado con el exterior (familia, defensor y asistentes)».
Desde entonces, el Gobierno español ha tratado, sin éxito, convencer a este país de la prioridad de un caso de su máximo interés, remitiendo informes del Comité para Prevención de la Tortura y de la Abogacía General del Estado. El Ministerio del Interior ha realizado diversas gestiones ante la Fiscalía belga para que autorizara un nuevo proceso judicial que el año pasado fue rechazado.
En marzo de este año, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos admitió la demanda de la familia de Romeo, para reabrir el caso y estudiar su detención.
Bekaert es un viejo conocido en la defensa de etarras en Europa. No obstante, no siempre ha conseguido parar extradiciones, como ocurrió en 2010 con su cliente, Luis María Zengotitabengoa, que aunque consiguió en primera instancia evitar la ejecución de la euroorden, vio rechazada su demanda en casación, basada en riesgo de tortura y falta de juicio justo en España.
En todos los casos, la línea de defensa es la misma: que en España existe tortura de presos y que la extradición supondría incumplir por tanto los derechos humanos. La misma que podría seguir en el caso de Puigdemont.
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