Ya puedes solicitar el complemento por hijo para pensionistas: hasta 1.859 euros
La ayuda de 1.856 euros que puedes solicitar a la Seguridad Social
En el constante esfuerzo por reducir las desigualdades y garantizar la equidad en las pensiones, la Seguridad Social ofrece un complemento especial destinado a pensionistas que han dedicado parte de su vida al cuidado de hijos. Este complemento, enmarcado en la lucha contra la brecha de género, busca reconocer el trabajo no remunerado de mujeres y hombres que han visto afectada su carrera profesional debido a responsabilidades familiares.
Las pensionistas que perciben una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad son elegibles para solicitar el complemento por hijo. Este incentivo económico, estipulado por el Real Decreto-ley 8/2023, se fija en 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija. Importante destacar que esta cantidad puede multiplicarse hasta cuatro veces, configurando así un apoyo significativo para quienes han tenido la responsabilidad de cuidar a múltiples descendientes.
Requisitos para la ayuda por hijo
Contrario a lo que podría pensarse por el énfasis en la reducción de brecha de género, los hombres también pueden acceder a este complemento cumpliendo ciertos requisitos. La Seguridad Social especifica que los hombres deben:
- Causar pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor, siempre que los hijos tengan derecho a percibir una pensión de orfandad.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber visto afectada su carrera profesional debido al nacimiento o adopción de hijos. Las condiciones varían según la fecha de nacimiento o adopción:
- Hijos/as nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994: tener más de 120 días de cotización en los 9 meses anteriores al nacimiento y los 3 años posteriores en caso de adopción.
- Después del 1 de enero de 1995: la suma de las bases de cotización de los 2 años siguientes al nacimiento debe ser inferior en un 15% a la suma de los 2 anteriores.
Proceso de solicitud
Para aquellos pensionistas que deseen solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género, es fundamental incluir esta petición al tramitar la solicitud de la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. El proceso se puede realizar de forma telemática a través de la plataforma Tu Seguridad Social, utilizando certificado electrónico o el sistema Cl@ve.
Adicionalmente, existe la opción de acudir presencialmente a los centros de atención e información de la Seguridad Social. Sin embargo, se destaca que es necesario solicitar una cita previa para garantizar una atención eficiente y cumplir con los protocolos establecidos.
Este complemento por hijo, además de representar un apoyo económico significativo para los pensionistas, también tiene un impacto social al reconocer la importancia del trabajo no remunerado, especialmente vinculado al cuidado de la familia. A medida que avanzamos hacia un futuro donde la igualdad de género es prioritaria, iniciativas como estas marcan un paso relevante en el camino hacia sistemas de pensiones más justos e inclusivos. Con la tecnología como aliada, el proceso de solicitud se simplifica, garantizando que un mayor número de beneficiarios pueda acceder a este complemento y disfrutar de una jubilación más equitativa y digna.
Otras ayudas por hijo
La Seguridad Social desempeña un papel crucial en el respaldo a las familias, ofreciendo diversas ayudas destinadas a proporcionar tanto asistencia económica como medidas de apoyo no económicas. Estas ayudas se clasifican en dos categorías principales, cada una diseñada para abordar necesidades específicas y contribuir al bienestar general de las familias.
Dentro del ámbito económico, la Seguridad Social despliega un conjunto de prestaciones diseñadas para aliviar la carga financiera de las familias. Estas incluyen:
Prestaciones por hijo a cargo:
- Hijo menor de 12 años: 588 euros anuales (49 euros mensuales).
- Hijo de 12 a 18 años: 675 euros anuales (56 euros mensuales).
- Hijo mayor de 18 años con discapacidad ≥ 33%: 675 euros anuales (56 euros mensuales).
- Hijo mayor de 18 años con discapacidad ≥ 65%: 8.158,80 euros anuales (679,90 euros mensuales).
- Prestación por Nacimiento o Adopción de Hijo:
- Cuantía única de 1.000 euros.
Prestación por cuidado de menores afectados por enfermedad grave:
- Ingresos mayores a 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional: 490 euros mensuales.
- Ingresos entre 1,5 y 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional: 360 euros mensuales.
- Ingresos menores a 2 veces el SMI: 230 euros mensuales.
Ayudas no económicas
Además de las ayudas económicas, la Seguridad Social también ofrece una serie de medidas no económicas para respaldar la calidad de vida de las familias. Estas comprenden:
- Tarjetas Familias Numerosas: Brindan descuentos en diversos productos y servicios, aliviando los gastos para aquellas familias que cumplen con los criterios de numerosidad.
- Becas y ayudas al estudio: Dirigidas a los hijos de familias trabajadoras que enfrentan dificultades económicas para cubrir los costos educativos, estas becas apuntan a garantizar el acceso a la educación.
- Servicios de conciliación de la Vida Laboral y Familiar: Incluyen opciones como guarderías y escuelas infantiles, proporcionando soluciones prácticas para equilibrar las responsabilidades laborales y familiares.
Esta amplia gama de ayudas refleja el compromiso de la Seguridad Social en abordar las diversas necesidades de las familias, reconociendo la importancia tanto de la estabilidad económica como del bienestar cotidiano. La combinación de medidas económicas y sociales busca crear un entorno propicio para el desarrollo saludable de las familias, promoviendo la igualdad de oportunidades y la mejora continua de la calidad de vida.
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