Economía
Convenio colectivo

El Supremo respalda que la ultraactividad de los convenios caduque al año y luego se aplique el sectorial

La ultraactividad no busca "perpetuarse eternamente", asegura

Si no se producen avances, resultará de aplicación el convenio del sector

El Tribunal Supremo, tras unificar doctrina, ha avalado que la ultraactividad de los convenios o el período en el que éstos se siguen aplicando mientras dure la negociación del siguiente, caduque al año, al no estar concebido «para cubrir vacíos normativos» ni «perpetuarse eternamente».

En su sentencia, la sala de lo Social remite al artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores y recuerda que, en los casos en los que una vez pasado ese período no se haya producido ningún avance, resultará de aplicación el convenio del sector, por lo que no existiría vacío alguno.

Los magistrados hacen énfasis en que la voluntad del legislador es que las condiciones laborales se adapten «a los cambiantes escenarios económicos y organizativos».

Así pues, prosiguen, se pretende en primer lugar incentivar que la renegociación se adelante al fin de su vigencia sin necesidad de llegar a una denuncia del conjunto del convenio que «no facilita un proceso sosegado y equilibrado».

No obstante, de no ser posible, la limitación temporal de la ultraactividad al año busca evitar una «petrificación» de las condiciones de trabajo pactadas así como que se demore «en exceso» el acuerdo.

Considerada uno de los puntos más polémicos de la reforma laboral de 2012, esta limitación temporal a la prórroga automática de los convenios fue aprobada por el Congreso de los Diputados tras salir adelante la enmienda del PP, pactada con Foro, que reducía a uno los dos años que planteaba el texto original.

Apenas dos años más tarde, el Supremo cuestionaba esta medida en una demanda de conflicto colectivo entre los trabajadores de Tragsa y los representantes de la empresa pública, al entender «prorrogado de año en año hasta que sea sustituido por otro texto» un convenio que había expirado en diciembre de 2013.

Ahora la sala matiza que, en aquella ocasión, «no existía otro de ámbito superior que resultase de aplicación», y destaca que, desde entonces, también ha reconocido en varias ocasiones el criterio contrario.

Entre los objetivos declarados del Gobierno de Pedro Sánchez en materia laboral está el de recuperar dicha ultraactividad, algo en lo que coinciden con los agentes sociales, que abogan por una nueva reforma en este ámbito.