El Supremo lo avala: qué pasa si te dan el alta médica y aún no puedes reincorporarte al trabajo
Una sentencial del Supremo deja claro que tras producirse el alta, el trabajador debe incorporarse al trabajo
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Recibir el alta médica cuando se está de baja, pero uno no se siente recuperado es una situación más frecuente de lo que parece. Muchas personas dudan en ese momento sobre si deben volver al trabajo, si pueden esperar a la revisión de la Seguridad Social o si existe algún margen legal para retrasar la reincorporación. Hasta ahora había interpretaciones dispares, pero una sentencia del Tribunal Supremo ha dejado muy poco espacio a la duda.
La sentencia 276/2023, de 17 de abril, establece de forma clara que el alta médica obliga a volver al puesto de trabajo de inmediato, incluso si el trabajador ha iniciado un proceso de impugnación. Esto significa que la obligación de reincorporarse no queda suspendida mientras se revisa el alta, y que cualquier ausencia ese día, o los días posteriores, puede considerarse injustificada. La resolución no introduce un criterio nuevo, pero sí lo fija con una contundencia que evita interpretaciones ambiguas. En el caso analizado, un trabajador recibió el alta médica y presentó una impugnación porque consideraba que no estaba recuperado. Pese a ello, no volvió a su puesto mientras esperaba la resolución. La empresa, tras once días sin acudir al trabajo, comunicó el despido disciplinario por faltas repetidas e injustificadas de asistencia. Cuando la Seguridad Social confirmó el alta, la empresa mantuvo el despido y el asunto llegó a los tribunales. El Supremo respaldó la actuación de la empresa.
Qué pasa si te dan el alta médica y aún no puedes reincorporarte al trabajo
El fundamento de la sentencia está en el Real Decreto 625/2014, que regula los procesos de incapacidad temporal. Su artículo 5.1 indica que el alta médica extingue el proceso de incapacidad temporal, de modo que el trabajador recupera su obligación contractual de acudir al puesto de trabajo.
La impugnación, por tanto, no suspende los efectos del alta. Se tramita en paralelo, pero no evita que la persona empleada tenga que reincorporarse. Si la revisión llegara a estimarse y se considerara que el alta fue errónea, el trabajador recuperaría la situación de baja médica, pero eso no altera la obligación inmediata de volver.
Este matiz ha sido clave en la sentencia del Supremo, que advierte de que esperar al resultado de la impugnación sin acudir al trabajo no está amparado por ningún artículo legal.
Qué puede hacer la empresa si no vuelves el día del alta
El Estatuto de los Trabajadores contempla varios tipos de sanciones si un empleado no acude al puesto sin causa justificada. Su artículo 54 incluye como falta grave «las ausencias repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad». Por eso, el abanico de medidas disciplinarias es amplio:
- Amonestación verbal.
- Amonestación por escrito.
- Suspensión de empleo y sueldo.
- Despido disciplinario sin derecho a indemnización.
En casos extremos, cuando la ausencia se prolonga sin comunicación, podría interpretarse incluso como abandono del puesto, con el riesgo añadido de perder el derecho a prestación por desempleo.
En procesos de incapacidad temporal de corta duración (menos de 365 días), la jurisprudencia tiende a ser más estricta porque el margen de error en el alta suele ser menor y porque la reincorporación se considera parte del cumplimiento del contrato.
¿Y si realmente no puedes trabajar? Las opciones legales
Que el Supremo establezca la obligación de volver el mismo día no significa que el trabajador quede desprotegido si realmente no está en condiciones de desempeñar sus funciones. Hay dos mecanismos legales para actuar:
- Acudir al médico de cabecera o de empresa. Si la persona no puede cumplir sus tareas, debe solicitar una nueva valoración médica. Si el facultativo considera que el estado del trabajador no permite trabajar, puede emitir una nueva baja.
- Continuar la impugnación del alta. El procedimiento sigue su curso aunque el trabajador esté reincorporado. Si finalmente se estima la impugnación, se recuperan los derechos económicos y laborales derivados de la baja.
Lo importante es que ninguno de estos pasos permite permanecer en casa sin justificar la ausencia. La sentencia insiste en que el trabajador debe reincorporarse mientras su situación se revisa.
Cómo actuar si no estás en condiciones tras el alta
La recomendación general, respaldada por abogados laboralistas y por la propia doctrina de los tribunales, es:
- Acudir al trabajo el mismo día del alta.
- Informar a la empresa de que no te encuentras en condiciones óptimas.
- Solicitar cita médica inmediata para una nueva valoración.
- Guardar constancia documental de todas las comunicaciones.
Esto evita sanciones y permite dejar claro que el trabajador no está intentando eludir su obligación, sino solicitar una revisión médica legítima.
En definitiva, con su sentencia, el Supremo ha querido cerrar una zona gris que generaba dudas entre empresas y trabajadores. Hasta ahora, algunos empleados entendían que la impugnación suspendía los efectos del alta, mientras que las empresas consideraban que debían reincorporarse igualmente. La nueva sentencia unifica criterios: el alta prevalece mientras no sea anulada. A efectos prácticos, significa que cualquier trabajador que reciba el alta, aunque no esté de acuerdo, debe reincorporarse. Si no, corre el riesgo de enfrentarse a sanciones disciplinarias.
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