El Supremo confirma que el Banco de España no tiene responsabilidad por la estafa de Afinsa
El Tribunal Supremo ha inadmitido un recurso de casación en el que afectados por la estafa de Afinsa pedían que se reconociese la responsabilidad patrimonial del Banco de España. En un auto, que fue dictado el pasado 19 de octubre, el Supremo ratifica una sentencia de la Audiencia Nacional de 2021 en la que ya se eximía al Banco de España de la responsabilidad patrimonial por este caso.
En dicho auto, el Supremo explica que procede a la inadmisión «por carencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia» y recuerda que la naturaleza y calificación de la actividad desarrollada por Afinsa «ya han sido analizadas reiteradamente» por el Alto Tribunal.
En este sentido, el auto señala que tanto el Supremo como la Audiencia Nacional no vieron como hecho probado que la actividad de Afinsa fuera financiera, de lo que podría derivarse la responsabilidad del supervisor financiero. Además, recuerda que la acción ya está prescrita, según informa Europa Press.
El caso estalló el 9 de mayo de 2006, cuando agentes del Cuerpo Nacional de Policía detuvieron a nueve personas en la operación contra las sociedades de inversión Afinsa Bienes Tangibles, así como de Fórum Filatélico. Los investigadores pensaban que detrás de ellas había una estafa multimillonaria que podría afectar a 350.000 clientes. En los registros practicados, los agentes encontraron 10 millones de euros en metálico.
La Audiencia Nacional condenó en julio de 2016 a 11 de los 13 exdirectivos de Afinsa a penas de hasta 12 años de cárcel. Determinó que se trató de una estafa de estructura piramidal que afectó a 190.000 «ahorradores procedentes de las clases medias» que buscaban guardar fondos para la jubilación o hacer frente a situaciones de crisis.
En noviembre de 2017, el Tribunal Supremo rebajó a ocho años las penas de cárcel para los cinco principales exdirectivos de Afinsa, entre ellos el expresidente Juan Antonio Cano Cuevas, por delitos de estafa, insolvencia punible y falsedad de las cuentas anuales ante la estafa piramidal que se produjo con la compraventa de sellos en la empresa filatélica.
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