Economía

¿Puedo pasar la aspiradora por la noche si vivo en una comunidad de vecinos? La Ley de Propiedad Horizontal pone fin al debate

La clave está en la repetición, la intensidad y el horario

Aspiradora inalámbrica Laresar V7 Pro
Aspiradora inalámbrica Laresar V7 Pro
Ángel Pérez
  • Ángel Pérez
  • Soy Ángel Pérez, periodista titulado por la Universidad Europea y con un máster de Periodismo Deportivo en la Universidad Villanueva.

Pasar la aspiradora a última hora del día puede parecer una tarea inofensiva, pero en una comunidad de vecinos el ruido puede convertirse en motivo de conflicto. Aunque la Ley de Propiedad Horizontal no fija un horario concreto para utilizar este tipo de electrodomésticos, sí establece principios sobre la convivencia y las molestias que ayudan a determinar cuándo una actividad puede resultar problemática.

Es cierto que la ley no menciona explícitamente este electrodoméstico; su artículo 7.2 prohíbe de forma tajante desarrollar actividades molestas, dañosas o que contravengan las disposiciones generales sobre ruidos. Dado que la aspiradora emite entre 50 y 75 decibelios, rebasando por completo los límites legales permitidos para el descanso.

La clave está en la repetición, la intensidad y el horario. No es lo mismo aspirar una mañana de forma puntual que hacerlo todos los domingos muy temprano, durante largos periodos y generando molestias claras en las viviendas colindantes.

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La Dreame Z30 Pro Aqua es una aspiradora sin cable que también friega y no da pereza usar.

Consecuencias si aspiras por la noche

Si un vecino decide realizar estas actividades de manera reiterada en horario de descanso, la ⁠Ley de Propiedad Horizontal habilita una serie de acciones legales y comunitarias muy claras. Lo primero sería poner un requerimiento formal por parte del presidente de la comunidad, como una iniciativa propia o por parte de los afectados, para que cesen los ruidos.

Si el ruido sigue sin cesar, los vecinos pueden avisar a la Policía Local para realizar una medición con sonómetro. Si se infringen las ordenanzas, las multas pueden oscilar entre los 750 y los 3.000 euros. Si estas actitudes siguen, la junta de propietarios puede llevar el caso a los tribunales. Llegado el caso, el juzgado podría dictaminar la prohibición de usar la vivienda por un periodo de hasta tres años o la rescisión del contrato de alquiler si se trata de un inquilino.

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