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Los pensionistas que van a recibir un extra a partir de este día: comprueba si eres uno de ellos

El próximo año 2026 llegará con una novedad destacada para los pensionistas de Madrid, y es que algunos de ellos van a poder recibir una paga extra, o un complemento de más de 500 euros, en su pensión. Un ingreso extra para aquellas personas mayores que viven de alquiler y no tienen una casa en propiedad. La medida llega de la mano de Isabel Díaz Ayuso y se aplicará solo en la Comunidad de Madrid aunque podría presentar un precedente para que otras comunidades hagan lo propio.

La ayuda consiste en 525 euros al año, y se suma al complemento estatal que ya existe (y que lleva años sin subir ni un céntimo). En total, quienes cumplan los requisitos podrán ingresar 1.050 euros anuales. No cambia la vida, pero ayuda. Y más aún cuando se trata de hogares donde cada euro cuenta y los ingresos apenas alcanzan para lo básico. La medida aún no está activa, pero ya ha sido anunciada oficialmente. Si tú o alguien cercano cobra una pensión no contributiva y vive de alquiler, conviene estar al tanto. Te explicamos qué pensiones pueden pedir este extra, qué condiciones hay que cumplir y cuándo se pondrá en marcha.

Los pensionistas que van a recibir un extra

El extra anunciado no se aplicará a todos los pensionistas. Va dirigida a un grupo muy concreto: quienes reciben una pensión no contributiva, ya sea por jubilación o invalidez. ¿Qué significa esto? Que no han cotizado lo suficiente como para acceder a una pensión contributiva, pero aun así tienen derecho a una prestación mínima. Suele ser el caso de personas que trabajaron sin contrato, de forma discontinua o en la economía doméstica.

Ahora bien, no basta con recibir esa pensión. Hay otros requisitos que deben cumplirse para acceder a esta nueva ayuda. El más importante: no tener una vivienda en propiedad. Es decir, debe tratarse de personas que viven de alquiler y que, además, figuren como titulares del contrato de arrendamiento. Si viven con un familiar pero no están en el contrato, no podrán solicitarla.

Tampoco podrán beneficiarse quienes alquilen una vivienda a un familiar hasta tercer grado, o a su pareja o cónyuge. Y si varias personas con pensión no contributiva viven juntas, sólo una podrá recibir el complemento: la que esté como titular del alquiler. Son condiciones pensadas para evitar fraudes y asegurar que la ayuda llega a quien realmente la necesita. Aun así, merece la pena revisar bien cada caso porque muchas personas pueden cumplir estos criterios sin saberlo.

Un ingreso adicional que puede marcar la diferencia

Este nuevo complemento de 525 euros al año se suma al que ya concede el Estado desde hace años, que es exactamente de la misma cuantía. Aunque este complemento estatal no se ha revalorizado, sigue vigente. Por eso, quienes reúnan todos los requisitos podrán sumar 1.050 euros al año, es decir, unos 43 euros más al mes.

¿Parece poco? Puede ser. Pero lo cierto es que puede ser toda una ayuda cuando se piensa en todos los gastos y pagos que se deben hacer de forma habitual, como el alquiler, la luz, la comida y a veces no queda margen para nada más. Así que esos 40 y pico euros al mes, que a muchos les suenan a calderilla, para otros son un salvavidas.

Lo que hace esta ayuda no es sólo sumar una cifra, sino poner sobre la mesa una realidad que muchas veces pasa desapercibida: la de los mayores que envejecen sin casa propia, con pensiones mínimas y casi siempre en silencio. Un extra que destacará para los pensionistas que lo reciban. No sólo por lo que aporta, sino porque marca un camino. Quizá esto anime a otras comunidades a moverse en la misma dirección.

Cuándo estará disponible y cómo se podrá pedir

Aunque ya ha sido anunciada oficialmente, la ayuda no podrá solicitarse hasta 2026. Será entonces cuando se publique la convocatoria correspondiente por parte de la Comunidad de Madrid. Hasta que llegue ese momento, no hay un formulario oficial ni un procedimiento exacto. Pero, en base a cómo funciona el complemento estatal, todo apunta a que el proceso será similar.

La solicitud deberá presentarse en los organismos competentes de la Comunidad de Madrid. Lo más probable es que se exija acreditar que se está cobrando una pensión no contributiva, que se reside en una vivienda alquilada, y que el contrato está a nombre del solicitante. También será necesario estar empadronado en esa vivienda y mantener la pensión en el momento de la solicitud y en el momento de la resolución.

Lo habitual en este tipo de ayudas es que se soliciten de forma anual, y que sea necesario renovar cada año la documentación para seguir recibiéndola. Aunque aún no se sabe si el trámite podrá hacerse también online, como ya ocurre con muchas otras prestaciones, todo indica que sí. Habrá que estar atentos a las instrucciones oficiales que se publicarán el año previo a su entrada en vigor.