Palo confirmado del Supremo a Santa Bárbara: los contratos de Indra y Escribano con Defensa siguen en marcha
Nuevo golpe contra Santa Bárbara, después de que el Ministerio de Defensa rechazara el recurso de alzada presentado por la compañía contra la adjudicación de contratos a dedo a Indra y Escribano Mechanical & Engineering por 7.240 millones de euros
Nuevo batacazo contra Santa Bárbara. Después de que el Ministerio de Defensa denegara el recurso de alzada presentado por la compañía contra la adjudicación de contratos a dedo a Indra y Escribano Mechanical & Engineering (EM&E) por 7.240 millones de euros, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha denegado ahora las medidas cautelares solicitadas por la filial de General Dynamics, negándose a paralizar la concesión de dos préstamos por 3.000 millones para la ejecución de estos contratos, que se encuadran en los Programas Especiales de Modernización (PEM) de las Fuerzas Armadas.
La petición pretendía la suspensión cautelar de los préstamos y de todos aquellos preceptos relacionados con la concesión de estos préstamos, además de la suspensión de todos los procedimientos y actos administrativos subsiguientes, mientras se resuelve el fondo del recurso que Santa Bárbara tiene planteado contra los mismos.
Entre otros argumentos, la Sala basa el rechazo a la medida cautelar en que los perjuicios alegados por Santa Bárbara Sistemas «no pasan de ser una mera alegación carente de prueba que lo avale, sin que resulte acreditado que la ejecución del Real Decreto y los préstamos que se impugnan le puedan ocasionar perjuicios inminentes, ni menos aún que dichos préstamos causen daños que sean de difícil o imposible reparación».
En su resolución, el Alto Tribunal deja claro que Santa Bárbara no ha acreditado suficientemente el daño causado y si los préstamos pueden poner en peligro su viabilidad o posición actual en el mercado. «El interesado en obtener la suspensión tiene la carga de probar adecuadamente qué daños y perjuicios de reparación imposible o difícil concurren en el caso para acordar la suspensión, sin que sea suficiente una mera invocación genérica», afirma el Supremo.
En este sentido, en la resolución del Supremo se deja claro que Santa Bárbara fue adquirida en el año 2000 por General Dynamics Corporation, convirtiéndose en una filial de la multinacional estadounidense, que es una de las empresas «líderes mundiales» en la fabricación y diseño en el sector de la defensa, «por lo que difícilmente su continuidad como empresa o los actuales puestos de trabajo pueden entenderse comprometidos por no ser beneficiaria de los préstamos cuestionados».
«Sin olvidar que Santa Bárbara es adjudicataria de otros préstamos en España para el desarrollo de otros programas diferentes (Programa Actualización Vehículos Pizarro) por importe de 176 millones», subraya el Tribunal.
Del mismo modo, la Sala rechaza la alegación de Santa Bárbara, la cual alude a que los perjuicios sobre el interés público y a la propia empresa son «significativamente mayores» que los posibles inconvenientes que la suspensión cautelar podría generar para Indra y EM&E.
En su auto, el tribunal indica que existe un «relevante interés público» en desarrollar programas de armamento para la modernización de la defensa nacional y al mismo tiempo constituye una estrategia nacional y de la Unión Europea (UE) aminorar la dependencia del abastecimiento exterior de suministros estratégicos y la puesta en marcha de industrias estratégicas que permitan una capacidad de defensa autónoma y el fortalecimiento de la industria nacional.
«Y ese interés público, enmarcado en el contexto de una política de seguridad y defensa común de la UE que establece el compromiso de los Estados miembros a mejorar progresivamente sus capacidades militares, exige el desarrollo de determinados programas de modernización cuya financiación constituye el objeto de este recurso y cuya paralización generaría perjuicios importantes para la puesta en marcha de estos programas y, consecuentemente, para el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos en el contexto de la UE», recalcan los magistrados.
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