Es oficial: tendrás más días libres pagados por un giro en el Estatuto de los Trabajadores
Debido a fenómenos meteorológicos adversos podremos tener derecho a más días libres
Casi nadie conoce esto que dice el Estatuto de los Trabajadores: es posible que se estén aprovechando de ti en el trabajo
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Algo va a cambiar en el Estatuto de los Trabajadores a raíz de recientes acontecimientos que tienen que ver con la climatología en España. Todavía recordamos la catástrofe de la DANA del pasado otoño y cuyas consecuencias todavía afectan a muchas personas, y a esta se suma el que tal vez en un futuro sigamos sufriendo de desastres meteorológicos extremos, por lo que el Gobierno ha decidido aprobar una reforma que concede más días libres pagados a aquellos trabajadores que se ven afectados por fenómenos meteorológicos adversos.
Como decimos, la reforma del Estatuto de Trabajadores se ha visto impulsada a raíz de todos los eventos climatológicos extremos que han afectado al país en los últimos años, especialmente las DANAs (Depresión Aislada en Niveles Altos) que han provocado inundaciones y estragos en distintas comunidades. De este modo, y gracias a esta nueva normativa, los trabajadores podrán ausentarse de su puesto de trabajo sin pérdida salarial si se enfrentan a condiciones meteorológicas que les impidan desplazarse con seguridad. Con ello se consigue una mejora en la conciliación de la vida laboral y personal, pero además se refuerza el compromiso de las empresas con la seguridad y el bienestar de sus empleados. Además, la medida aprobada en España no es única en Europa, dado que otros países cuentan también con permisos especiales para situaciones de emergencia climática, garantizando que los trabajadores no tengan que arriesgar su integridad física para cumplir con sus obligaciones laborales.
Más días libres pagados por un giro en el Estatuto de los Trabajadores
El Consejo de Ministros ha aprobado la introducción de un nuevo permiso laboral de cuatro días libres pagados para todos los trabajadores que se vean afectados por fenómenos meteorológicos extremos. Esto significa que cualquier empleado que no pueda desplazarse a su puesto de trabajo debido a lluvias torrenciales, nevadas intensas u otros desastres naturales, podrá ausentarse sin temor a perder su salario.
Las empresas estarán obligadas a respetar este permiso y a abonar el salario correspondiente a los trabajadores que no puedan acudir a su puesto debido a estas circunstancias. Esta medida se ha diseñado para evitar que los empleados se expongan a riesgos innecesarios al intentar desplazarse en condiciones peligrosas.
Además, si la situación de emergencia persiste más allá de los cuatro días iniciales, se contempla la posibilidad de prolongar este permiso hasta que desaparezcan las circunstancias que lo motivaron. En estos casos, las empresas podrán acogerse a un ERTE por fuerza mayor para reducir el impacto económico, permitiendo a los trabajadores seguir recibiendo una prestación económica mientras dure la emergencia.
El teletrabajo como alternativa ante emergencias climáticas
Para aquellos sectores en los que sea viable, la nueva normativa contempla la posibilidad de implantar el teletrabajo en casos de inclemencias meteorológicas. Si las condiciones de las infraestructuras de telecomunicaciones lo permiten, las empresas podrán habilitar el trabajo a distancia como alternativa a la ausencia laboral.
Sin embargo, este teletrabajo deberá cumplir con las disposiciones de la Ley 10/2021, de 9 de julio, sobre trabajo a distancia. Esto implica que las empresas deberán proporcionar los recursos tecnológicos necesarios para que los empleados puedan desempeñar sus funciones desde casa, garantizando también el cumplimiento de la normativa en materia de derechos laborales, seguridad y salud en el trabajo.
Un cambio impulsado por la DANA de 2024
La decisión de incluir este permiso en el Estatuto de los Trabajadores ha estado motivada, en gran parte, por los graves efectos que provocó la DANA de octubre de 2024 en diversas zonas del país, especialmente en la Comunidad Valenciana. Este fenómeno meteorológico dejó inundaciones que hicieron imposible la movilidad de miles de trabajadores, generando grandes problemas en la actividad laboral y exponiendo a muchas personas a situaciones de peligro.
Ante esta realidad, el Gobierno ha decidido actuar para evitar que situaciones similares vuelvan a repetirse en el futuro sin una protección adecuada para los empleados. La inclusión de este permiso climático en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores supone un avance en la normativa laboral y en la adaptación de los derechos laborales a las nuevas realidades climáticas.
Nuevas obligaciones para las empresas
Junto con la creación de este nuevo permiso, la reforma del Estatuto de los Trabajadores impone a las empresas una serie de obligaciones adicionales en materia de prevención de riesgos laborales. A partir de ahora, todas las empresas deberán contar con protocolos específicos para actuar ante fenómenos meteorológicos adversos.
Estos protocolos deberán incluir:
- Información detallada para los empleados sobre los riesgos existentes y las medidas a seguir en caso de una emergencia climática.
- Medidas de prevención para garantizar la seguridad de los trabajadores y evitar desplazamientos peligrosos.
- Planes de actuación específicos que permitan interrumpir la actividad laboral en caso de riesgo grave e inminente.
- Colaboración con la Representación Legal de los Trabajadores (RLPT), que podrá acordar la paralización de la actividad en situaciones de emergencia.
Esta normativa también establece que las empresas deberán dar instrucciones claras a sus empleados sobre cómo actuar en caso de eventos climáticos extremos y garantizar que ningún trabajador se vea forzado a acudir a su puesto en condiciones de peligro.
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