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Economía
Mutualistas

Giro confirmado en las herencias si tienes padres mutualistas: te van a pagar un pastón

Puede que estés a punto de descubrir que tu herencia es mayor de lo que pensabas. Si tu padre o madre, o los dos, fallecieron entre 2019 y 2024 y empezaron a trabajar antes de 1979, es muy posible que hubieran sido mutualistas. Y si es así, Hacienda podría deberte una suma importante de dinero que, si nadie la ha reclamado aún, te corresponde como heredero. Hablamos de un dinero que no suele ser menor, y que en muchos casos llega a los miles de euros. Solo hay que saber por qué se debe, cómo solicitarlo y tener claro que este derecho está vigente ahora, pero no para siempre.

Lo cierto es que este tema ha pasado bastante desapercibido, a pesar de afectar a muchísimas familias. La clave está en una injusticia fiscal arrastrada durante décadas, que el Tribunal Supremo ya ha reconocido: a muchos trabajadores que cotizaron a mutualidades antes de que existiera la Seguridad Social no se les permitió desgravar esas cotizaciones, pero luego sí tuvieron que pagar IRPF por las pensiones derivadas de ellas. Algo que por fin comienza a corregirse, pero además existe las posibilidad, tal y como explica la OCU, de que los herederos pueden solicitar ese dinero de sus padres mutualistas.

Lo importante para ello que no se te pase el plazo: los ejercicios fiscales no prescritos van desde 2019 a 2023. Si tus familiar mutualista murió dentro de ese rango y no reclamó en vida, aún estás a tiempo de recuperar ese dinero que debería haber formado parte de la herencia. A continuación te explicamos en detalle quién puede reclamar, por qué se debe este dinero y cómo hacer el trámite paso a paso.

¿Quiénes eran los mutualistas y por qué esto te afecta como heredero?

Antes de 1967, en España no existía un sistema unificado de Seguridad Social como el que tenemos hoy. Los trabajadores cotizaban a diferentes mutualidades que cumplían funciones similares, y muchas de esas entidades siguieron funcionando hasta que fueron absorbidas definitivamente en 1979. Por eso, cualquier persona que empezara a trabajar antes de ese año, y especialmente antes de 1967,  es muy probable que haya sido mutualista.

El problema está en cómo se trataban fiscalmente esas cotizaciones. A diferencia de los trabajadores que cotizaban a la Seguridad Social y podían descontar esas aportaciones de su base imponible antes de pagar el IRPF, los mutualistas no tenían esa opción. Es decir, pagaban impuestos por unos ingresos sobre los que ya habían cotizado, y luego, cuando cobraban la pensión, volvían a tributar por ella. Esa doble imposición ha sido finalmente considerada injusta por los tribunales, y Hacienda ha tenido que reconocer que, al menos para los ejercicios no prescritos, hay dinero que debe devolverse.

Aquí entra tu papel como heredero. Si tu padre, madre o familiar mutualista falleció entre 2019 y 2024, y no solicitó la devolución en vida, puedes reclamar tú ese importe, ya que legalmente forma parte de la herencia. No importa si en su momento no sabías que tenías derecho a ello: ahora puedes —y debes— pedirlo.

¿Cómo saber si tus padres fueron mutualistas?

Puede que no lo tengas del todo claro porque ha pasado mucho tiempo, o porque no sabes bien dónde trabajó tu familiar. Aun así, merece la pena investigar. Hay pistas que pueden ayudarte a saber si tus padres fueron mutualistas. Debes saber si comenzaron a trabajar antes de 1979, especialmente en profesiones como la docencia, sanidad, banca o administración pública, porque entonces es muy probable que cotizara a alguna mutualidad. También lo es si trabajó por cuenta propia o como autónomo en esa época.

Si tienes dudas, lo mejor es presentar igualmente la solicitud. Hacienda no va a sancionarte por intentarlo y, en muchos casos, la documentación que ya tienes (testamento, certificado de últimas voluntades, etc.) es suficiente para iniciar el trámite. Además, al tratarse de herencias, es probable que ya tengas parte del papeleo necesario guardado desde el fallecimiento de tu familiar.

Cómo pedir la devolución

La OCU explica que hay dos vías oficiales para pedir a Hacienda la devolución.

Registro de Sucesiones y Representaciones

Esta vía te permite actuar en nombre de tu familiar fallecido ante la Agencia Tributaria. Para ello, tienes que darte de alta en el Registro de Sucesiones y Representaciones Legales. Es un trámite que puedes hacer online si tienes certificado digital o sistema Cl@ve. Deberás rellenar un formulario en el que se indique que actúas como heredero del fallecido, adjuntando documentos clave como el testamento o declaración de herederos, certificado de últimas voluntades y los DNI de ambas partes.

Una vez enviado todo correctamente, Hacienda te inscribirá como representante del fallecido. Normalmente este proceso no tarda más de dos o tres semanas. Cuando ya aparezcas registrado, podrás acceder al sistema con tus credenciales y, en nombre del fallecido, solicitar la devolución del IRPF por cotizaciones mutualistas.

Número de referencia

La otra opción es más sencilla en algunos casos. Se trata de usar el número de referencia del fallecido, como si fueras a presentar su declaración de la renta. Si el fallecimiento fue en 2023 o 2024, puedes conseguir ese número directamente desde la web de la Agencia Tributaria. Si ocurrió en 2019, 2020, 2021 o 2022, deberás acudir a una oficina de Hacienda con cita previa y con la documentación que te acredita como heredero.

Con ese número, podrás entrar al portal de la renta y, desde ahí, acceder al formulario específico para solicitar la devolución. Hacienda ya tiene habilitado este procedimiento de forma telemática, precisamente para facilitar el proceso a los herederos. Sólo necesitas asegurarte de que tienes todos los documentos y de que los datos del fallecido coinciden con los que figuran en el sistema.

¿De cuánto dinero estamos hablando?

Si te preguntas la cantidad a devolver, lo cierto es que no existe una cifra única, ya que la devolución depende de la pensión que cobraba el mutualista y de los años en los que cotizó. Pero en muchos casos se han devuelto cantidades que rondan los 1.500 a 3.000 euros, y hay situaciones en las que se han superado los 5.000 euros. Todo depende de las circunstancias de cada caso, pero hablamos de una cantidad que, desde luego, no es despreciable.